Organizaciones

Primeras organizaciones habilitadas

En el marco de la Ley de Compras Públicas para la Producción Familiar Agropecuaria y Pesca Artesanal, fueron presentados los productores rurales pioneros en ser habilitados.
Logo del Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas

El evento, tuvo lugar en la sala de prensa de la Torre Ejecutiva, contó con la presencia de autoridades del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP), el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), el Ministerio del Interior así como representantes de las primeras organizaciones habilitadas (CONAFPU y CALUPROCERD).

El Director de Desarrollo Rural del MGAP, José Olascuaga, señaló que “las compras del Estado son un motor para promover el fomento y el desarrollo de ciertos sectores estratégicos de la economía nacional; en el caso particular de hoy aplicado a la agricultura familiar y pesca artesanal”. 

Agregó además que “el Estado debe intervenir en procesos económicos (...) y las compras pueden ser muy importantes para incidir en sectores clave y lograr que pequeñas empresas puedan desarrollarse”.

En la actualidad se han incorporado dos organizaciones habilitadas que han cumplido todos los requisitos y se han inscripto para trabajar en el marco de la ley. Sus representantes alentaron a las restantes cooperativas existentes, así como a los compradores del Estado a “animarse a dar el paso” porque entienden que estas compras deben ser un área de desarrollo para la economía, ya que se reserva un espacio del mercado para la agricultura familiar y la pesca artesanal.

Este proceso comenzó en el 2013 y desde entonces, con sinergia y articulación, diversos organismos trabajaron para generar una propuesta de ley que fue aprobada en el Parlamento y posteriormente reglamentada por el Poder Ejecutivo.

La Ley N° 19.292, establece el régimen de compras estatales para la adquisición de producción familiar agropecuaria y pesca artesanal. En ella se genera un mecanismo en el que se incluye una reserva de mercado del 30% (para compras centralizadas) y un 100% para las descentralizadas correspondientes a bienes alimenticios provenientes de las Organizaciones Habilitadas (OH) en el caso de que exista oferta de las mismas.