Resolución N° 35/013 - 25/09/2013 - CDH

Considerar que el Sistema de Notificaciones y Comunicaciones Electrónicas dispuesto para los organismos de la Administración Pública (Licitación Pública Nº 06/2012) cumple con lo preceptuado en el artículo 28, literal B), letra a) y artículo 29 del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 276/013 de fecha 3 de setiembre de 2013, relativo al Procedimiento Administrativo Electrónico.

Montevideo, 25 de setiembre de 2013

VISTO: la adquisición de un Sistema de Notificaciones y Comunicaciones Electrónicas dispuesto para los organismos de la Administración Pública (Licitación Pública Nº 06/2012);

RESULTANDO:

I) que, el referido Sistema fue adjudicado a la firma Kepler Ltda., a través de la Resolución del Director Ejecutivo Nº 009/013 de fecha 8 de marzo de 2013, a efectos de permitir la composición y envío de notificaciones fehacientes y otras comunicaciones, a los interesados en trámites administrativos realizados con el Estado;

II) que, asimismo, los objetivos buscados con este sistema están alineados con los objetivos propuestos por la Agenda Digital del Uruguay (2011-2015) aprobada por Decreto del Poder Ejecutivo N° 405/011 de 23 de noviembre de 2011;

III) que, a través de tal Sistema, se pretende gestionar y facilitar el uso de herramientas de tecnologías de la información, para permitir la optimización tanto de recursos como de costos, en soluciones transversales y de interoperabilidad a nivel de Gobierno Electrónico, así como simplificar la relación de personas físicas y jurídicas con el Estado, mediante la recepción de notificaciones y comunicaciones por nuevos canales de comunicación;

CONSIDERANDO:

I) que, el Decreto del Poder Ejecutivo, Nº 276/013 de fecha 3 de setiembre de 2013, regula el Procedimiento Administrativo Electrónico desarrollado en los órganos de Administración Central, los que, entre otros aspectos, utilizarán medios electrónicos en sus comunicaciones con los interesados, siempre que estos lo hayan solicitado o consentido expresamente;

II) que, el referido Sistema, permite a los interesados que opten por tal medio de notificación, recibir una casilla que representará su domicilio electrónico, a la que podrán acceder mediante un usuario y contraseña;

III) que, AGESIC incorporará dicho Sistema a la Plataforma de Gobierno Electrónico (PGE), a efectos de permitir a los organismos de la Administración Central notificar, comunicar e intercambiar información electrónicamente con toda persona física, jurídica, organizaciones y organismos públicos, entre otros;

IV) que, asimismo, a través de tal Sistema, las Entidades Públicas y los interesados podrán almacenar y conservar las notificaciones y comunicaciones electrónicas realizadas por el período que se determine; registrar la fecha y hora en que tales notificaciones fueron depositadas en la carpeta del destinatario, así como el momento en que el mismo accede a las mismas;

V) que, en virtud de lo expuesto con anterioridad, tal Sistema cumple con las previsiones establecidas en el citado Decreto;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL CONSEJO DIRECTIVO HONORARIO DE AGESIC
RESUELVE:

1º. Considerar que el Sistema de Notificaciones y Comunicaciones Electrónicas dispuesto para los organismos de la Administración Pública (Licitación Pública Nº 06/2012) cumple con lo preceptuado en el artículo 28, literal B), letra a) y artículo 29 del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 276/013 de fecha 3 de setiembre de 2013, relativo al Procedimiento Administrativo Electrónico.

2º. Comunicar, notificar, etc.


Firmantes:
José Clastornik, Suevia Sánchez

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