Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE) - AGESIC

No Vigente

Resumen

Acuerdo específico de cooperación interinstitucional. Tiene como objetivo establecer las condiciones para la ejecución del Proyecto de Implantación de Trámites en Línea en el MRREE, y la definición de los mecanismos de cooperación entre las partes a tales efectos.

Descripción

ACUERDO ESPECÍFICO PARA LA IMPLANTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DETRÁMITES EN LÍNEA

En la ciudad de Montevideo, a los 16 días del mes de enero de 2016 comparecen, por una parte, el Ministerio de Relaciones Exteriores (en adelante, el MRREE), representado en este acto por su Director General Embajador Bernardo Greiver, con domicilio en la calle Colonia 1206 de esta ciudad; y por otra parte, la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (en adelante, AGESIC), representada en este acto por su Director Ejecutivo, Ing. José Clastornik, con domicilio en la calle Liniers 1324 piso 4 (Torre Ejecutiva Sur) de esta ciudad, quienes acuerdan:

PRIMERA: Antecedentes.-

1. AGESIC, tiene como misión impulsar el avance de la Sociedad de la Información y del Conocimiento, promoviendo que los ciudadanos, las empresas y el gobierno realicen el mejor uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones con el objetivo de lograr una sociedad más equitativa, integradora y democrática.
2. El Decreto Nº 177/013 de fecha 11 de junio de 2013, promovió, entre otros aspectos, la simplificación de los trámites administrativos, mediante la adopción de medidas de racionalización y optimización que permitan una mayor eficiencia en la gestión pública y un mejor servicio al interesado.
3. A través del Decreto Nº 184/015 de fecha 14 de julio de 2015 se crea la iniciativa “Trámites en Línea”, y se encomienda a AGESIC, dirigir, organizar, estructurar, ejecutar y dar seguimiento a dicha iniciativa.
4. Finalmente, la Ley de Presupuesto Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015 en su artículo 73 consagra el Proyecto Trámites en Línea, con el objetivo de promover y desarrollar estrategias de simplificación, priorización y puesta en línea de trámites en todas las entidades públicas, asignando a AGESIC la dirección, gestión y contralor de dicho Proyecto.

De acuerdo al plan de trabajo establecido por la Agencia hasta el año 2020, este Proyecto cuenta con tres grandes metas, definidas para tres fases, a saber:
a) Fase 1: Diciembre 2016 - 100% (cien por ciento) de los trámites iniciados en línea (si su naturaleza lo permite), que sean trazables, que se puedan pagar en línea y que se puedan realizar a través de dispositivos móviles.
b) Fase 2: Año 2018 - 50% (cincuenta por ciento) de los trámites en línea (si su naturaleza lo permite), con trazabilidad completa, pagos en línea y movilidad.
c) Fase 3: Año 2020 - 100% (cien por ciento) de los trámites en línea (si su naturaleza lo permite), con trazabilidad completa, pagos en línea y movilidad.

5. Entre los objetivos del referido Proyecto se encuentran: asegurar el acceso a los trámites a la mayor cantidad de ciudadanos, independientemente del dispositivo que se utilice con una buena experiencia de usuario; configurar y parametrizar activos de gobierno electrónico para los trámites en todo su ciclo de vida; implementar los flujos de atención a través de los distintos canales; implantar la mesa de ayuda inicial necesaria en el organismo; capacitar y transferir el conocimiento a diferentes roles de usuarios (usuarios operativos, administradores y mesa de ayuda); gestionar el impacto del Proyecto a través de la gestión del cambio; entre otros.

SEGUNDA: Objeto.-

El objeto del presente Convenio consiste en establecer las condiciones para la ejecución del Proyecto de Implantación de Trámites en Línea en el MRREE, y la definición de los mecanismos de cooperación entre las partes a tales efectos.

TERCERA: Alcance.-

El referido Proyecto, procura la puesta en línea de todos los trámites que por su naturaleza puedan realizarse por un canal distinto del presencial, para lo cual se han definido las mencionadas Fases, comenzando con la puesta en línea de la etapa de inicio.

CUARTA: Objetivos específicos.-

El objetivo específico del Proyecto de Implantación de Trámites en Línea consiste en la contratación para cada una de las fases, de una o varias, empresas consultoras, por parte de AGESIC, que realice la implantación en línea de los trámites en el MRREE, de acuerdo al alcance especificado en la cláusula anterior.

QUINTA: Obligaciones específicas de las partes.-

Son obligaciones específicas de ambas partes:

a. Proporcionarse en forma oportuna, los datos y la información requerida para la ejecución del Proyecto de Implantación en el MRREE.
b. Cumplir con las demás obligaciones que se establezcan en cada documento que se suscriba, en relación a la ejecución del presente Convenio.
c. Establecer una metodología que provea mecanismos para efectuar el seguimiento del avance del Proyecto.

Son obligaciones específicas del MRREE:

a. Disponer de los recursos humanos necesarios para la formación de un equipo como contraparte, que incluya personal técnico y funcional adecuado a las características del Proyecto.
b. Disponer de los requerimientos técnicos necesarios para la ejecución del referido Proyecto.
c. Emplear la mayor diligencia en el tratamiento de los datos personales recibidos asegurando la confidencialidad de los mismos, y adoptando las medidas de seguridad pertinentes.
d. Reportar a AGESIC y al Centro de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática del Uruguay (Cert-Uy) cualquier incidente de seguridad en forma inmediata, conforme lo establecido en los Decretos Nº 451/009 y Nº 452/009 de 28 de setiembre de 2009, y el Decreto Nº 92/014, de 7 de abril de 2014.
e. Dar cumplimiento a lo dispuesto por la normativa vigente en materia de simplificación, supresión, publicación y puesta en línea de trámites, conforme a los lineamientos de Gobierno Electrónico.
f. En el marco del referido Proyecto y en caso de ser necesaria la utilización de mecanismos de autenticación, el MRREE deberá emplear aquellos que sean proveídos por AGESIC. En caso de requerirse el intercambio de información, éste deberá realizarse a través de la Plataforma de Interoperabilidad (PDI).

Son obligaciones específicas de AGESIC:

a. Disponer de los recursos humanos necesarios para la ejecución adecuada del referido Proyecto.
b. Gestionar y asumir la contratación de la empresa consultora que será la responsable de la ejecución del Proyecto de Implantación en el MIDES, contemplando todo lo expuesto en las cláusulas anteriores.
c. Brindar apoyo durante todo el proceso de ejecución del Proyecto.

SEXTA: Responsabilidades.-

A efectos de obtener una ejecución exitosa del presente Convenio, el MRREE se compromete a cumplir con los requerimientos técnicos y funcionales, en los términos y condiciones establecidos en el mismo.
A tales efectos el MRREE indicará a AGESIC, quien es la contraparte técnica de contacto para la ejecución del presente Convenio, indicando forma de contacto, disponibilidad horaria, régimen de permanencia a la orden y toda otra información que AGESIC considere necesaria para la debida ejecución del Proyecto.
Asimismo, el MRREE deberá asignar las capacidades necesarias para cumplir con los requerimientos mencionados en la presente cláusula.

SÉPTIMA: Seguimiento.-

Para el efectivo cumplimiento de las actividades previstas en este Convenio, cada parte designará un responsable, sin perjuicio de la designación de responsables específicos para la implantación y seguimiento de los proyectos concretos. El responsable o los responsables específicos en su caso, serán considerados interlocutores válidos hasta tanto se comunique su cambio o remoción y tendrán como cometidos:

a) Priorizar las actividades necesarias para llevar adelante todos los aspectos establecidos en el presente Convenio.
b) Indicar la asignación de los recursos necesarios para el correcto funcionamiento del mismo.
c) Evaluar el logro de los objetivos específicos previstos, disponiendo en su caso, los correctivos necesarios.
d) Informar periódicamente a sus respectivas autoridades sobre el nivel de avance de ejecución del presente Convenio.
e) Difundir y comunicar los resultados alcanzados.
f) Asegurarse que se cumplan con los lineamientos del presente Convenio, coordinando la actividad de los responsables específicos.
g) Suscribir las Actas emitidas en el marco del presente Convenio y los Anexos técnicos correspondientes al activo, los cuales se considerarán parte integrante del mismo.

OCTAVA: No divulgación.-

Las partes acuerdan que toda información relacionada con la otra parte, o que se generara en el marco del presente Convenio, no será divulgada o distribuida directa o indirectamente a ningún tercero, sin el previo consentimiento expreso y por escrito de la otra parte, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente en la materia.
Las obligaciones mencionadas, se mantendrán mientras dure el vínculo entre las partes, sin perjuicio de la información secreta, reservada o confidencial, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 18.381 de 17 de octubre de 2008 de Acceso a la Información Pública, modificativas y concordantes.

NOVENA: Vigencia.-

El presente Convenio entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción hasta el 31 de diciembre de 2020.

DÉCIMA: Rescisión.-

Las partes podrán rescindir el presente de común acuerdo.
Esto no afectará de modo alguno los programas o actividades que se encuentren en ejecución, debiéndose fijar en cada caso en qué fase se detendrán las mismas.
Será motivo de rescisión unilateral de pleno derecho y sin necesidad de intimación judicial, en caso de verificarse el incumplimiento de las obligaciones estipuladas en este Convenio.

DÉCIMA PRIMERA: Domicilios.-

A todos los efectos a que diere lugar este Convenio, las partes constituyen domicilios especiales en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia, considerándose válida toda comunicación, notificación, intimación o similares que se practiquen mediante telegrama colacionado u otro medio fehaciente legalmente admitido.

DÉCIMA SEGUNDA: Otorgamiento.-

En prueba de conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y contenido, a un mismo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.


Por el MRREE
Emb. Bernardo Greiver
Director General de Secretaría

Por AGESIC
Ing. José Clastornik
Director Ejecutivo

Período

Fecha de inicio: 28/03/2024