Comité Consultivo de Cuidados
Descripción
El Comité Consultivo de Cuidados congrega la participación de las organizaciones de la sociedad civil, trabajadores, academia y empresarios vinculados al diseño e implementación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados.
Institución y área responsable.
- Ministerio de Desarrollo Social
Contacto
- Dirección:
- Germán Barbato 1379
- Sitio web:
- /catalogo-participacion-ciudadana/
- Correo electrónico:
- sistemadecuidados@mides.gub.uy
- Teléfono:
- 24000302 int. 6001
Información adicional
Tiempo de funcionamiento:
0 a 1 año
Referencia Normativa:
- Ley Número: 19353
Nivel de gobierno de la institución que coordina:
Nacional
Promotor:
- Organización de la Sociedad Civil
- Poder Ejecutivo
Tipo de ámbito:
Comisión/Subcomisión/Comité Asesor
Objetivos generales:
- Asesorar
- Controlar
- Proponer
Descripción de los objetivos:
- Monitorear la implementación del Sistema de Cuidados a efectos de asesorar el proceso de implementación.
- Bregar por la garantía de la igualdad de condiciones para el conjunto de quienes son parte del Sistema y velar por el respeto de los derechos humanos de las personas que reciben y brindan los cuidados.
- Asesorar en la definición de fundamentos, criterios, estrategias y metas.
- Realizar aportes en el marco de la construcción de los Planes Nacionales de Cuidados y su seguimiento.
- Proponer estudios, debates e investigaciones, sobre la temática de cuidados y de la implementación del Sistema de Cuidados
- Promover y colaborar en la difusión de los derechos que garantiza la política y los planes de cuidados.
- Velar por el cumplimiento de las convenciones internacionales de los sujetos de la política asesorando en este sentido a la Secretaría Nacional de Cuidados.
Alcance territorial:
Nacional
Momento del Ciclo de la política pública en que interviene:
- Identificación y definición del problema
- Implementación
- Monitoreo de la ejecución/implementación
Frecuencia según marco normativo:
MensualRegularidad efectiva:
- Mensual
Quienes pueden participar:
- Academia
- Organizaciones con conocimientos técnicos/especializadas en la temática
- Sector Privado
Características de quienes pueden participar en el ámbito:
Según la Ley de Cuidados 19.353 y el Decreto 444.016, está integrado por los trabajadores (representados por el PIT-CNT), las organizaciones sociales, la academia y las empresas vinculadas a la temática de los cuidados. Son los propios colectivos quienes seleccionan sus representantes. En este primer período, se estableció la representación provisoria por el período de gobierno 2015-2020 de los siguientes colectivos: la Red Pro Cuidados, la Federación Uruguaya de Asociaciones de Padres de Personas con Discapacidad Intelectual, ANONG, ONAJPU, el PIT-CNT, UdelaR, UCU, CIEDUR, la Cámara Uruguaya de Empresas de Servicio de Acompañantes, la Federación de Cooperativas de Producción del Uruguay y las organizaciones gestoras de CAIF.
Quien está facultado a convocarlo:
- Organismo Público
Método toma de decisiones:
Por votaciónCarácter vinculante:
NoMedios de convocatoria:
- Correo electrónico
Formas de expresar y transmitir decisiones:
- Actas/Registros
- Informe/reporte
- Reuniones presenciales
Acceso público a la documentación:
SíPresupuesto asignado:
No cuenta con presupuesto
Tiene etapas:
No
Etiquetas
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