Circular N° 12.085 de fecha 29/11/2024 Período de control del voto

Control del voto Elecciones Nacionales y Segunda Elección (balotaje) 2024

El contralor de la obligación del voto en las Elecciones Nacionales del 27 de octubre de 2024 y en la Segunda Elección, celebrada el 24 de noviembre de 2024, se deberá efectuar a partir del 23 de marzo de 2025 y durante los ciento veinte días siguientes, en los casos, formas y condiciones regulados por los artículos 9º, 10º y 11º de la Ley N° 16.017, de 20 de enero de 1989, y demás disposiciones legales concordantes y complementarias.

Etiquetas