Infraestructura de Datos Espaciales
Según establece el artículo 75 de la Ley 18.362 tiene la función articuladora en cuanto a la producción, documentación, acceso y uso de la información geográfica de Uruguay.
Cometidos Sustantivos
- Coordinar, planificar y promover la producción de información geográfica del territorio nacional.
- Garantizar, a través del dictado de normas, estándares y recomendaciones, la interoperabilidad, actualización, calidad y acceso de la información geográfica nacional.
- Integrar la información geográfica producida y utilizada en los diferentes niveles de la Administración, inspirándose en los principios básicos de cooperación y coordinación, así como la transparencia y acceso a la información pública.
- Publicar la información geográfica básica en un GEOPORTAL.
- Favorecer la eficiencia en el gasto público destinado a los distintos aspectos de la información y sistemas de información geográfica.
- Para el cumplimiento de sus cometidos, podrá comunicarse directamente con toda la administración pública estatal, organismos públicos y entidades privadas.