Resolución N° 156/009 Obligación de registro de importadores de calzado y presentación de declaración jurada de modelos

Crea la obligación de registrar importadores de calzado y presentación de declaración jurada de los modelos de calzados importados.

El Director General de Comercio

RESUELVE:

Se aprueba el instructivo elaborado a efectos de la implementación de la normativa que establece la obligación de etiquetar el calzado de origen nacional o extranjero comprendido en las posiciones 64.01 al 64.05 de la nomenclatura Común del Mercosur que se comercialice a partir del 17 de agosto de 2009, que forma parte de la presente Resolución.

Se cree en la órbita del Área Defensa del Consumidor de la Dirección General de Comercio un Registro de Calzado en el que se inscribirán los fabricantes nacionales e importadores obligados por lo dispuesto por el Decreto Nº 272/09 de 8 de junio de 2009, mediante el formulario (Inscripción Registro de Etiquetado de Calazado) que a tales efectos se encuentra disponible en el sitio web de Defensa del Consumidor, para lo cual dispondrán de un plazo de sesenta días.

Los fabricantes nacionales e importadores deberán presentar mediante declaración jurada a través del sitio web del Área de Defensa del Consumidor, la información que contenga la etiqueta del calzado previamente a su comercialización, completando el formulario respectivo.

El Área Defensa del Consumidor mediante su sitio web pondrá en conocimiento de los consumidores la nómina de los fabricantes nacionales e importadores que se hubieran inscripto en el Registro de Etiquetado de Calzado.
 

¿Quiénes deben registrarse? El fabricante nacional y el importador de cualquier tipo de calzado de origen nacional o extranjero comprendido en las posiciones 64.01 al 64.05 de la Nomeclatura común del MERCOSUR.

¿Cómo registrarse?

 

  • ENVIAR FORMULARIO EN FORMATO DIGITAL: Con el envío quedará inscripto provisoriamente hasta que de cumplimiento a los pasos que se detallan seguidamente.

 

  • IMPRIMIR FORMULARIO: Después de confirmar el envío deberá imprimir una copia del formulario para su presentación en la Dirección General de Comercio, la cual deberá ser firmada por el representante de la empresa.

 

  • PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO IMPRESO CON CERTIFICACIÓN NOTARIAL: El formulario impreso deberá presentarse en Mesa de Entrada de la Dirección General de Comercio sita en segundo piso de Avenida Uruguay 948 esquina Río Branco de la ciudad de Montevideo, en el horario de 10:00 a 14:30, con la certificación notarial de firmas, con el correspondiente control de vigencia de la sociedad y representación, en la cual no podrá faltar entre otros, el control del domicilio fiscal y constituido, del número de inscripción en el R.U.T. de la D.G.I. y en el B.P.S., así como el control del objeto de la sociedad del que surja la facultad para importar o fabricar y que se dio cumplimiento a lo dispuesto por las Leyes 17.904 y 18.930 cuando correspondiere.

En caso que el firmante del formulario actúe como apoderado, deberá controlarse especialmente facultades expresas para dicho acto y para otorgar declaraciones juradas y vigencia del Instrumento que lo faculta.

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