Resolución N° 32/015 Creación de Localidad Catastral "Arbolito"

Nueva localidad catastral en el Departamento de Cerro Largo.

RESOLUCIÓN No. 32 /2015.

    VISTO: que es cometido de esta Dirección Nacional de Catastro, actuando en concordancia con el Gobierno Departamental correspondiente, denominar las nuevas Localidades Catastrales que se creen;

    RESULTANDO: que por oficio de fecha 23 de febrero de 2015, la Intendencia Departamental de Cerro Largo, comunicó a esta Dirección a través de la Oficina Delegada de Cerro Largo, la categorización como “suburbano” del padrón rural número 14.045, de la 10ª Sección Catastral de Cerro Largo, Paraje “Arbolito” en el marco de las Directrices Departamentales;

    CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo previsto por la Ley 18.308 (LOT) de 18 de junio de 2008, artículo 225 de Ley Nº 18.834 de 4 de noviembre de 2011, Primeros Instrumentos de Ordenamiento Territorial de la Intendencia Departamental de Cerro Largo, y el Decreto Nº 40/013 de la Junta Departamental de Cerro Largo de 19 de agosto de 2013, se designó la Localidad “Arbolito” a la población ubicada en la 10ª Sección Catastral del Departamento de Cerro Largo, donde se encuentra establecido un plan de viviendas de MEVIR.

    II) que el padrón rural Nº 14.045 mencionado, se corresponde con la fracción 2, en el Plano de MEVIR, del Ing. Agrimensor Carlos Asuaga del 25 de junio de 1998, inscripto con el Nº 10.034 en la Oficina Delegada de Catastro de Cerro Largo el 5 de octubre de 1998.

    III) que surge de los antecedentes en estos obrados que MEVIR es propietario del padrón rural 14.045;

    ATENTO: a lo establecido en el párrafo según, literal a) del artículo 3 del Decreto 364/995 de fecha 3 de octubre de 1995.

    LA DIRECTORA NACIONAL DE CATASTRO

    RESUELVE:

    1. Denomínase, en concordancia con el Gobierno Departamental de Cerro Largo la Localidad Catastral “Arbolito”, que se corresponde con el padrón rural Nº 14.405 de la 10ª Sección Catastral de Cerro Largo, padrón suburbano Nº 1.

    2. Dicha Localidad Catastral, estará integrada por el citado inmueble, las calles y plazas y demás espacios libres, que se corresponde con el plano de fraccionamiento de MEVIR, del Ing. Agrim. Carlos Asuaga inscripto con el Nº 10.034 de fecha 5 de octubre de 1998, fracción 2.

    3. Notifíquese a MEVIR

    4. Tome conocimiento a la Oficina Delegada de Catastro de Cerro Largo y encárgase la comunicación al Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Cerro Largo e Intendencia Departamental de Cerro Largo de la presente Resolución.

    5. Comuníquese a la Administración Nacional de Educación Primaria, Dirección General de Registros, Asociación de Agrimensores y Asociación de Escribanos del Uruguay.

    6. Publíquese en la página web.

    Ec. Sylvia Amado

    Directora Nacional de Catastro

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