Resolución N° 1/020 DGDR Renovación habilitación de CALUPROCERD en el RENAOH

Apruébese la renovación de la inscripción y habilitación de CALUPROCERD, en eI RENAOH, por un plazo de dos años.

VISTO: La solicitud de renovación de la inscripción y habilitación de la Cooperativa Agraria Limitada Uruguaya de Productores de Cerdo (CALUPROCERD) en el Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH) que depende de la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.

RESULTANDO: I) que CALUPROCERD, ha presentado informe de ventas al Estado bajo el régimen de la ley 19.292, de acuerdo a lo establecido en el procedimiento de inscripción ante el RENAOH.

II) que el Comité Técnico, con fecha 26 de diciembre de 2019, informa fundadamente y recomienda la renovación de la inscripción y habilitación de la referida organización en el RENAOH, para su posterior aprobación por un plazo de 2 años.

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación de la renovación de la inscripción y habilitación de CALUPROCERD en el RENAOH. ATENTO: a lo precedentemente expuesto, la Ley Nº 19.292 de 16 de diciembre de 2014, Decreto Nº 86/015, de 27 de febrero de 2015, Resoluciones ministeriales Nº 493 y Nº 496 de 22 de junio de 2016.

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS

RESUELVE:

1º) Apruébese la renovación de la inscripción y habilitación de CALUPROCERD, en el RENAOH, por un plazo de dos años.

2º) Notifíquese a CALUPROCERD, a la Agencia de Compras y Contrataciones Estatales (ACCE), y a la Dirección Nacional de Economía Social e Inclusión Laboral del Ministerio de Desarrollo Social (DINESIL/MIDES).

3º) Publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.

4º) Cumplido, archívese.

Dr. José Ignacio Olascoaga

Director de la Dirección Gral. Desarrollo Rural

MGAP

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