Resolución N° 105/020 DINARA Veda a moluscos bivalvos de Maldonado

Se prohíbe a partir de la fecha y hasta nuevo aviso la extracción, transporte y comercialización de moluscos procedentes del Departamento de Maldonado.

VISTO: los análisis de fitoplancton realizados en muestras de aguas en el Departamento de Maldonado;

RESULTANDO: que los resultados de dichos análisis han detectado la presencia de especies toxicas en agua con valores extremadamente altos para la especie Dinophysis ovum, productora de toxinas lipofílicas;

CONSIDERANDO: I) los riesgos que puede ocasionar a la salud humana el consumo de moluscos bivalvos;

II) que conforme al artículo 121 del Decreto N° 1115/018 de 24 de abril de 2018, en casos de emergencia sanitaria la DINARA queda facultada para adoptar medidas pertinentes en salvaguardia de la salud pública, dando cuenta de ello a todos los organismos competentes;

III) necesario establecer medidas que prevengan la afectación de la salud de los posibles consumidores;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 19.175 de 20 de diciembre de 2013 y al artículo 121 del Decreto N° 1115/018 de 24 de abril de 2018;

LA DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS ACUATICOS

RESUELVE:

  1. A partir de la fecha y hasta nueva disposición en contrario queda prohibida la extracción, comercialización y transporte de moluscos procedentes del Departamento de Maldonado.
  2. Esta medida no comprende el consumo de pescados, calamares camarones.
  3. La infracción a la presente será sancionada conforme a lo previsto en el Capítulo X de la Ley N° 19.175 de 20 de diciembre de 2013.
  4. Comuníquese al Ministerio de Salud Pública, a las Intendencias correspondientes y Prefectura Nacional Naval.

 

Dr. JAIME CORONEL LASCANO

DIRECTOR NACIONAL

DE RECURSOS ACUÁTICOS

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