Resolución N° 2/020 DGDR Inscripción y habilitación de la Sociedad de Fomento Rural Chacras de Porongos en el RENAOH

Apruébese la inscripción y habilitación de la Sociedad de Fomento Rural Chacras de Porongos, en el RENAOH, por un plazo inicial de 2 años.

VISTO: La solicitud de inscripción y habilitación de la Sociedad de Fomento Rural Chacras de Porongos, en el Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH) que depende de la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.

RESULTANDO: I) que la referida organización ha cumplido con los requisitos establecidos por la normativa vigente.

II) que el Comité Técnico, con fecha 15 de enero de 2020, informa fundadamente y sugiere la aprobación definitiva de la solicitud de inscripción debidamente presentada, por un plazo inicial de 2 años. CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación de la inscripción y habilitación de la organización referida en el RENAOH.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, la Ley Nº 19.292 de 16 de diciembre de 2014, Decreto Nº 86/015, de 27 de febrero de 2015, Resoluciones ministeriales Nº 493 y Nº 496 de 22 de junio de 2016.

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS

RESUELVE:

1º) Apruébese la inscripción y habilitación de la Sociedad de Fomento Rural Chacras de Porongos, en el RENAOH, por un plazo inicial de 2 años.

2º) Notifíquese a la Sociedad de Fomento Rural Chacras de Porongos, a la Agencia de Compras y Contrataciones Estatales (ACCE), a la Dirección Nacional de Economía Social e Inclusión Laboral del Ministerio de Desarrollo Social (DINESIL/MIDES) y a la Dirección General de la Granja.

3º) Publíquese en el diario oficial y en la página web del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.

4º) Cumplido, archívese.

Dr. José Ignacio Olascuaga

Director

Dirección Gral. Desarrollo Rural MGAP

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