Resolución N° 8/019 DGDR: inscripción y habilitación de la Cooperativa Agraria de Responsabilidad Limitada “Graneco” (Granelera Ecológica Cooperativa) en el RENAOH.

Apruébese la inscripción y habilitación de la Cooperativa Agraria de Responsabilidad Limitada “Graneco” (Granelera Ecológica Cooperativa) en el RENAOH.

VISTO: La solicitud de inscripción y habilitación de la Cooperativa Agraria de Responsabilidad Limitada “Graneco” (Granelera Ecológica Cooperativa), en el Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH) que depende de la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.

RESULTANDO:

  1. que la referida organización ha cumplido con los requisitos establecidos por la normativa vigente.
  2. que el Comité Técnico, con fecha 2 de enero de 2019, informa fundadamente y sugiere la aprobación definitiva de la solicitud de inscripción debidamente presentada.

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación de la inscripción y habilitación de la organización referida en el RENAOH.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, la Ley Nº 19.292 de 16 de diciembre de 2014, Decreto Nº 86/015, de 27 de febrero de 2015, Resoluciones ministeriales Nº 493 y Nº 496, de 22 de junio de 2016.

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS

RESUELVE:

  1. Apruébese la inscripción y habilitación de la Cooperativa Agraria de Responsabilidad Limitada “Graneco” (Granelera Ecológica Cooperativa) en el RENAOH.
  2. Notifíquese a la Cooperativa Agraria de Responsabilidad Limitada “Graneco” (Granelera Ecológica Cooperativa) y a la Agencia de Compras y Contrataciones Estatales (ACCE).
  3. Comuníquese a la Dirección Nacional de Economía Social e Integración Laboral del Ministerio de Desarrollo Social (DINESIL/ MIDES).
  4. Publíquese en el diario oficial y en la página web del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca. 5º) Cumplido, archívese.

Dr. José Ignacio Olascuaga

Director, Dirección Gral. Desarrollo Rural, MGAP.

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