Resolución N° 795/020 DGSA Tarifas Enero a Junio 2021
Montevideo, 10 de diciembre de 2020
VISTO: las tarifas vigentes por los servicios que presta el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas, Unidad Ejecutora 004;
RESULTANDO: I- que el Artículo 64 de la Ley N° 19.438 encomienda fijar todas las tasas, tarifas, precios y multas establecidas en pesos uruguayos en unidades indexadas;
II- que por Resolución Ministerial N° 785 de 3 de octubre de 2016 se establece el equivalente en unidades indexadas de las tarifas de la Dirección General de Servicios Agrícolas;
III- que la Circular Ministerial N° 2 del 28 de agosto de 2017 ordena la actualización de las tarifas;
IV- que el valor de la unidad indexada al 1 de enero de 2021 es $ 4.785;
CONSIDERANDO: oportuno indicar el valor en pesos de las tarifas para todos los servicios prestados por ésta unidad ejecutora a regir a partir del 1 de enero de 2021 hasta el 30 de junio de 2021;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a la Resolución N° 340/016 de 28 de junio de 2016;
EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
RESUELVE:
- Aprobar el valor en pesos uruguayos de las tarifas para todos los servicios prestados por ésta unidad ejecutora, rigiendo los mismos a partir del 1 de enero de 2021 hasta el 30 de junio de 2021, los que figuran en ANEXO I y son parte integrante de la presente Resolución.
- Los valores en pesos antes indicados comenzarán a regir a partir del 1 de enero de 2021.
- Comuníquese a la Contaduría, Tesorería y Divisiones de la unidad ejecutora.
- Comuníquese a Mejora Continua.
- Comuníquese a VUCE (Ventanilla Única de Comercio Exterior).
- Actualícese los programas informáticos y el sitio web.
- Publíquese en el Diario Oficial y en dos diarios de circulación nacional.
- Cumplido, archívese.
Ing. Agr. Leonardo Olivera Uriarte
Director General Programa 4
Dirección General de Servicios Agrícolas