Manual para el retorno

¿Existe otro régimen de ingreso de bienes libre de impuestos para ciudadanos uruguayos que retornan al país?

Sí, existe otra norma (Decreto 139/014) de aplicación para ciudadanos uruguayos (y extranjeros) con más de un año de residencia en el exterior, por el cual se permite ingresar al país, exentos de tributos, sus muebles y otros bienes de uso doméstico, herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio, individualmente considerado.

Bajo este régimen, no se autoriza el ingreso de vehículos, ni se exoneran los costos de la legalización de la documentación por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores. El trámite se inicia siempre en el Consulado correspondiente, donde se obtendrá una constancia de residencia y se intervendrá el listado de enseres. Si regresó del exterior sin hacer el trámite deberá contactarse directamente con el Consulado a efectos de obtener los documentos correspondientes por su propia cuenta. La documentación obtenida la legaliza en Relaciones Exteriores y la presenta ante Aduanas. En el caso de retornar con herramientas también se le exigirá un certificado de profesión u oficio.

Este régimen, a diferencia del de Retorno que es por única vez, permite volver a utilizarse en el futuro las veces que sea necesario.

Infórmese sobre cuál régimen se adapta mejor a sus necesidades.

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