Acta de acuerdo abril 2012

ACTA DE ACUERDO. En la ciudad de Montevideo, a los 30 días del mes de abril de 2012, estando reunido el Consejo de Salarios del Grupo 9 INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Y ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS, Sub-Grupo 01 de conformidad a lo dispuesto a las siguientes normas legales y reglamentarias que se citan a continuación : Decreto 105/005 de 7 de marzo de 2005; Acta de Acuerdo del Consejo Superior Tripartito de fecha 16 de abril de 2005, Decreto 138/005 de 19 de abril de 2005; Resolución del MTSS No. 657/005 de 29 abril de 2005; Decreto 326/008 del 7 de julio de 2008 y la Ley 18,566 de Negociación Colectiva; comparecen en representación del Sector Empleador el Sr. José Ignacio Otegui, con domicilio en  Andrés Martinez Trueba 1256,  Sr. Hugo Méndez con domicilio en Rambla Gandhi Nº 633 y el Sr. Pedro Espinosa con domicilio en la  Av. Aparicio Saravia esq. Colonia de la ciudad de Maldonado; y por el Sector Trabajador los Sres. Pedro Porley, Oscar Andrade y Ivan Hafliger, con domicilio en la calle Yí Nº 1538, por el MTSS, los Dras. Flavia Romano y Raquel Cruz y la Cra. Laura Mata con domicilio en la calle Juncal Nº. 1511; las partes por unanimidad llegan al siguiente acuerdo:

 

ARTICULO 1)  AMBITO DE APLICACIÓN.El presente acuerdo luego de su registro y publicación por el Poder Ejecutivo, regirá a nivel nacional, para toda la Industria de la Construcción y actividades complementarias, Grupo 9 Sub-grupo 01.

 

ARTICULO 2)  AMPLIACION DE LIBERTADES SINDICALES.

Se complementa el artículo 20 del acuerdo del día 3 de diciembre de 2010 en los siguientes términos:

 

Las partes acuerdan que 14 integrantes del comité Departamental de Montevideo del SUNCA, gozarán de 44 días por año de licencia sindical  yse crea una Bolsa de 250 horas mensuales de licencia sindical, todo en las mismas condiciones que las establecidas en el referido art. 20 y en el Decreto 336/006.

 

ARTICULO 3) REGISTRO Y PUBLICACIÓN.Las disposiciones establecidas en el presente acuerdo serán obligatorias y exigibles a partir de su registro y publicación por el Poder Ejecutivo.

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