Ajuste Enero 2014
ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 7 de enero de 2014, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 2, Empaque y envasado de frutas legumbres y hortalizas, integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Mag. Marcela Barrios y Dra. Luján Charrutti; Delegados Empresariales: José Diz, Gustavo Pintos y Heraldo Mendez; y Delegados de los Trabajadores: la Mesa Coordinadora de Packing y Plantas de Jugo representada por: Daniel Cabrera, Ivone Uviedo, Alicia González, Elías Chiossi, Mercedes Lanz, Juan Carlos Viera y José Luis de Freitas, HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo de Salarios suscrito el día 8 de julio de 2013. ---------------------------------------------------------------
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula TERCERA del referido acuerdo, los porcentajes de aumento salarial que regirán a partir del 1ero de enero de 2014 será el siguiente:
1.Ajuste general de salarios: resultante de la acumulación de los siguientes ítems:
a) 5% por concepto de inflación esperada para el período comprendido entre el 1ero de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2014 (centro de la banda del B.C.U.).
b) 0,99% por concepto de correctivo de inflación.
c) 2,805% por concepto de Crecimiento y/o recuperación (consistente en un porcentaje equivalente al 75% del componente macro – variación esperada del PBI para el año 2014 sobre variación esperada del empleo para el mismo periodo).
Fórmula de ajuste de salarios: 1,05 x 1,0099 x 1,02805= 1,090
El ajuste a ser aplicado es del9%.
2. Ajuste para los mínimos de las categorías laborales: I, II A, II B y III A y Administrativos: resultante de la acumulación de los siguientes ítems:
a) 5% por concepto de inflación esperada para el período comprendido entre el 1ero de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2014 (centro de la banda del B.C.U.).
b) 0,99% por concepto de correctivo de inflación.
3) 6,69% por concepto de Crecimiento y/o recuperación (consistente en la diferencia hasta llegar al porcentaje de variación del SMN (según valor a fijado por el por el P.E. a partir del 1/01/2014: $8960, respecto del fijado el 1/01/2013: $7920).
Fórmula de ajuste de salarios: 1,05 x 1,0099 x 1,0669= 1,1313
El ajuste a ser aplicado es del 13,13%.
TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 02: "Empaque y envasado de frutas legumbres y hortalizas",con vigencia desde el 1º de enero de 2014, serán los siguientes:
CATEGORÍA | MÍNIMONOMINAL | |
| ($/hr) | Aumento |
Cat. 1 | 47,54 | 13,13% |
Cat. 2A | 50,32 | |
Cat. 2B | 55,33 | |
Cat. 3A | 60,32 | |
Cat. 3B | 63,07 | 9,00% |
Cat. 3C | 70,45 | |
Cat. 4A | 78,6 | |
Cat. 4B | 92,17 | |
Cat. 5 | 105,99 | |
Administrativos | 52,36 | 13,13% |
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------