Ajuste Julio 2014

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ACTA.- En la ciudad de Montevideo, el día 8 de agosto de 2014, reunido el Consejo de Salarios del  GRUPO 16 "SERVICIOS DE ENSEÑANZA" SUBGRUPO 01 "JARDINES DE INFANTES Y GUARDERIAS" integrado por Delegadas del Poder Ejecutivo: Esc. Liliana De Marco y Dra. Silvana Golino; Delegados de los Empleadores: Cr. Daniel Acuña y Dra. Natalia Pastor; Delegadas de los Trabajadores: Sra. Cristina Torterolo; HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO.- Se procede a fijar el porcentaje de incremento salarial correspondiente al ajuste semestral para el período comprendido entre el 1º de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2014, en aplicación de lo dispuesto en el Acta suscrita el día 17 de mayo de 2013.

SEGUNDO.- El porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2014 es del 7,39%, en aplicación de lo establecido en la cláusula tercera Inciso IV) del acta  referida, resultante de la aplicación de los siguientes ítems:

A) 2,50% por concepto de inflación esperada para el período 1º de julio de 2014 – 31 de diciembre de 2014;

B) 2,81% por concepto de correctivo de inflación del semestre 1º de enero de 2014 – 30 de junio de 2014;

 C) 1,475%  por concepto de crecimiento de salario real, correspondiente a la proyección del PIB que surge de la mediana de las expectativas de los agentes privados, publicadas por el Banco Central del Uruguay para el período anual  1º de enero de 2014 – 31 de diciembre de 2014, disponible al mes de junio de 2014, dividida entre dos, a los efectos de hallar la variación semestral de dicha proyección anual.

D) 0,43 % por concepto de correctivo de PIB del período 1º de enero de 2013 – 31 de diciembre de 2013.

 TERCERO.- En consecuencia de lo referido precedentemente los salarios mínimos por categoría por hora semanal mensual, para el Grupo No. 16 "Servicios de Enseñanza", Subgrupo No. 01 "Jardines de Infantes y Guarderías"  con vigencia desde el 1º de julio de 2014, son los siguientes:

a) Maestro especializado:  $ 463,07

b) Maestro común:  $ 441,04

c)Encargado de Grupo:  $ 374,87

d) Auxiliar de Grupo:  $ 330,78

Leída que fue la presente, los comparecientes la otorgan y suscriben, en el lugar y fecha arriba indicados.

 

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