Ajuste Julio 2014
ACTA.En la ciudad de Montevideo, el 24 de julio de 2014, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10: Comercio en general, Subgrupo N°3: Máquinas de Oficina, integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Soc. Andrea Badolati, Lic. Marcelo Terevinto y Dra. Jimena Ruy- López; Delegados Empresariales: Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes, se procede a dejar constancia de lo siguiente:
PRIMERO:Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el 12 de noviembre de 2013 , recogido por Resolución de este Consejo en Acta suscrita en la misma fecha.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta numeral III del referido Convenio, el aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2014 es el siguiente:
I)Los trabajadores que al 30 de junio de 2014 que perciban una remuneración nominal de hasta $25.000 mensuales (inclusive), tendrán un porcentaje de ajuste del 12,36 % que resultará de la acumulación de los siguientes factores:
* Crecimiento: 3 %
* 5% inflación estimada para el período julio 2014 a junio 2015 según información del Banco Central (centro de la banda)
* 3,89 % Correctivo, comparando la inflación real del periodo julio 2013 a junio 2014 con la estimada para ese mismo período.
II)Los trabajadores que al 30/06/14 perciban salarios nominales mensuales de más de $ 25.000 y de hasta $ 30.000 (inclusive), recibirán un incremento del 11,27 % resultante de los siguientes factores:
* 2% por concepto de crecimiento
*5% inflación estimada para el período julio 2014 a junio 2015 según información del Banco Central (centro de la banda)
*3,89 % correctivo, comparando la inflación real del periodo julio 2013 al junio 2014 con la estimada para ese mismo período.
III) Los trabajadores que al 30/06/2014 perciban salarios nominales mensuales de más de $ 30.000 y hasta $ 50.000 (inclusive), recibirán un 10,17 % de incremento resultante de los siguientes factores:
* 5 % inflación estimada para el período julio 2014 al junio 2015 según información del Banco Central (centro de la banda)
* 3,89 % correctivo, comparando la inflación real del período julio 2013 al junio 2014 con la estimada para ese mismo período
* Crecimiento: 1%.
IV)Los trabajadores que al 30/06/2014 perciban salarios nominales mensuales de más de $ 50.000, recibirán un incremento del9,08 % resultante de los siguientes factores:
* 5 % inflación estimada para el período julio 2014 al junio 2015 según información del Banco Central (centro de la banda)
* 3,89 % correctivo, comparando la inflación real del período julio 2013 al junio 2014 con la estimada para ese mismo período
Los salarios mínimos por categoría se ajustarán por igual con los mismos parámetros que anteceden.
TERCERO:En función del presente ajuste, los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1º de julio de 2014 son los siguientes:
AREA ADMINISTRACION |
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Limpiadora, cadete y peón | 13848 | ||
Encargado de mantenimiento, sereno y cantinero | 14923 | ||
Recepcionista, telefonista y chofer | 15521 | ||
Operador centro de copiado 2, digitador y auxiliar 3 | 16821 | ||
Operador centro de copiado 1, auxiliar 2, cajero, cobrador, |
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Ayudante de operador y secretaria | 19764 | ||
Auxiliar 1, operador de administración y jefe de centro de copiado | 22687 | ||
Auxiliar categorizado y tesorero | 27441 | ||
Secretaria ejecutiva y sub jefe encargado | 32686 | ||
Jefe de personal y jefe de administración | 37191 | ||
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AREA TECNICA |
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Funcionario en entrenamiento A | 13848 | ||
Técnico en mantenimiento y limpieza A, y funcionario en entrenamiento B | 14923 | ||
Auxiliar Técnico A, Técnico de mantenimiento y limpieza B y funcionario en entren. C | 15521 | ||
Técnico 1A, Auxiliar Técnico B, Técnico de mantenimiento y limpieza C y func.entren. D. | 16821 | ||
Técnico 2 A, Técnico 1B, Auxiliar técnico C, Técnico de mantenimiento y limpieza D. | 19764 | ||
Sub Jefe A, Técnico cabeza de grupo A, Técnico 2 B, técnico 1 C, Auxiliar técnico C. | 22687 | ||
Jefe técnico A, Subjefe B, Técnico cabeza de grupo B, Técnico 2 C, Técnico 1 D. | 27441 | ||
Jefe técnico B, Subjefe C, Técnico cabeza de grupo C, Técnico especialista C, Técnico 2 D | 32686 | ||
Jefe técnico C, Subjefe D, Técnico cabeza de grupo D, Técnico especialista D. | 37191 |
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Jefe técnico D. | 45556 |
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AREA SOFTWARE |
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Funcionario en entrenamiento | 19764 |
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Programador | 22687 |
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Analista de aplicaciones | 27441 |
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Analista de soft junior | 32686 |
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Analista de soft senior | 37191 |
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Jefe de ingenieria de sistemas | 45556 |
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AREA VENTAS |
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Demostrador A y funcionario en entrenamiento A | 13848 |
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Vendedor A, demostrador B, funcionario en entrenamiento B, demostrador C, funcionario en entrenamiento D |
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entrenamiento C, demostrador D,funcionario en entrenamiento D. | 14923 |
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Vendedor B | 15521 |
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Supervisor A y vendedor C | 16821 |
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Supervisor B y vendedor D | 19764 |
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Jefe A, Jefe B, y Supervisor C | 22687 |
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Jefe C y Supervisor D | 27441 |
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Jefe D | 37191 |
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Leida que fué, se firman 5 ejemplares en el lugar y fecha arriba indicados.