Ajuste Julio 2014

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ACTA.En la ciudad de Montevideo, el 24 de julio de 2014, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10: Comercio en general, Subgrupo N°3: Máquinas de Oficina, integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Soc. Andrea Badolati, Lic. Marcelo Terevinto y Dra. Jimena Ruy- López; Delegados Empresariales:  Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes, se procede a dejar constancia de lo siguiente:

PRIMERO:Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al  ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el 12 de noviembre de 2013 , recogido por Resolución de este Consejo en Acta suscrita en la misma fecha.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta numeral III del referido Convenio, el aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2014 es el siguiente:

I)Los trabajadores que al 30 de junio de 2014 que perciban una remuneración nominal de hasta $25.000 mensuales (inclusive), tendrán un porcentaje de ajuste del 12,36 % que resultará de la acumulación de los siguientes factores:

* Crecimiento: 3 %

* 5% inflación estimada para el período julio 2014 a junio 2015 según información del Banco Central (centro de la banda)

* 3,89 % Correctivo, comparando la inflación real del periodo julio 2013 a junio 2014 con la estimada para ese mismo período.

II)Los trabajadores que al 30/06/14 perciban salarios nominales mensuales de más de $ 25.000 y de hasta $ 30.000 (inclusive), recibirán un incremento del 11,27 % resultante de los siguientes factores:

* 2% por concepto de crecimiento

*5% inflación estimada para el período julio 2014  a junio 2015 según información del Banco Central (centro de la banda)

*3,89 % correctivo, comparando la inflación real del periodo julio 2013 al junio 2014 con la estimada para ese mismo período.

III) Los trabajadores que al 30/06/2014 perciban salarios nominales mensuales de más de $ 30.000 y hasta $ 50.000 (inclusive), recibirán un  10,17 % de incremento resultante de los siguientes factores:

* 5 % inflación estimada para el período julio 2014 al junio 2015  según información del Banco Central (centro de la banda)

* 3,89 %  correctivo, comparando la inflación real del período julio 2013 al junio 2014 con la estimada para ese mismo período

* Crecimiento: 1%.

IV)Los trabajadores que al 30/06/2014 perciban salarios nominales mensuales de más de  $ 50.000, recibirán un incremento del9,08 % resultante de los siguientes factores:

* 5 % inflación estimada para el período julio 2014 al junio 2015  según información del Banco Central (centro de la banda)

* 3,89 %  correctivo, comparando la inflación real del período julio 2013 al junio 2014 con la estimada para ese mismo período

Los salarios mínimos por categoría se ajustarán por igual con los mismos parámetros que anteceden.

TERCERO:En función del presente ajuste, los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1º de julio de 2014 son los siguientes:

 

AREA  ADMINISTRACION

 

 

 

Limpiadora, cadete y peón

13848

Encargado de mantenimiento, sereno y cantinero

14923

Recepcionista, telefonista y chofer

15521

Operador centro de copiado 2, digitador y auxiliar 3

16821

Operador centro de copiado 1, auxiliar 2, cajero, cobrador,

 

Ayudante de operador y secretaria

19764

Auxiliar 1, operador de administración y jefe de centro de copiado

22687

Auxiliar categorizado y tesorero

27441

Secretaria ejecutiva y sub jefe encargado

32686

Jefe de personal y jefe de administración

37191

 

 

AREA TECNICA

 

Funcionario en entrenamiento A

13848

Técnico en mantenimiento y limpieza A, y funcionario en entrenamiento B

14923

Auxiliar Técnico A, Técnico de mantenimiento y limpieza B y funcionario en entren. C

15521

Técnico 1A, Auxiliar Técnico B, Técnico de mantenimiento y limpieza C y func.entren. D.

16821

Técnico 2 A, Técnico 1B, Auxiliar técnico C, Técnico de mantenimiento y limpieza D.

19764

Sub Jefe A, Técnico cabeza de grupo A, Técnico 2 B, técnico 1 C, Auxiliar técnico C.

22687

Jefe técnico A, Subjefe B, Técnico cabeza de grupo B, Técnico 2 C, Técnico 1 D.

27441

Jefe técnico B, Subjefe C, Técnico cabeza de grupo C, Técnico especialista C, Técnico 2 D

32686

Jefe técnico C, Subjefe D, Técnico cabeza de grupo D, Técnico especialista D.

37191

 

Jefe técnico D.

45556

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

AREA SOFTWARE

 

 

 

 

 

Funcionario en entrenamiento

19764

 

Programador

22687

 

Analista de aplicaciones

27441

 

Analista de soft junior

32686

 

Analista de soft senior

37191

 

Jefe de ingenieria de sistemas

45556

 

 

 

 

 

 

 

AREA VENTAS

 

 

 

 

 

 

 

 

Demostrador A y funcionario en entrenamiento A

13848

 

Vendedor A, demostrador B, funcionario en entrenamiento B, demostrador C, funcionario en entrenamiento D

 

 

entrenamiento C, demostrador D,funcionario en entrenamiento D.

14923

 

Vendedor B

15521

 

Supervisor A y vendedor C

16821

 

Supervisor B y vendedor D

19764

 

Jefe A, Jefe B, y Supervisor C

22687

 

Jefe C y Supervisor D

27441

 

Jefe D

37191

 

       

 

Leida que fué, se firman 5 ejemplares en el lugar y fecha arriba indicados.

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