Ajuste Julio 2017

Ajuste Julio 2017

1 de julio 2017

Conforme a lo dispuesto por el Dec. 438/016 de 29 de diciembre de 2016, en su cláusula SEXTA, los porcentajes de incremento salarial correspondiente al 1° julio de 2017 son:

Arroz y Tambos.

A. Franja 1

Salarios que al 30/6/16 no sobrepasaban los $16.000 mensuales nominales por 48 hs semanales de labor, recibirán un 5,06% compuesto por la acumulación de los siguientes factores:

a) 3,25% ajuste semestral nominal;

b) 1,75% ajuste adicional previsto para salarios sumergidos según lineamientos del Poder Ejecutivo.

B. Franja 2.

Salarios mensuales nominales por 48 hs semanales de labor que al 30/6/16 se ubicaban  entre $16.001 y $18.700 recibirán un ajuste de 4,54% compuesto por la acumulación de los siguientes factores

a) 3,25% ajuste semestral nominal;

b) 1,25% ajuste adicional previsto para salarios sumergidos según lineamientos del Poder Ejecutivo.

C. Franja 3.

Salarios mensuales nominales por 48 hs semanales de labor que al 30/6/16 eran superiores a los $18.700, recibirán un ajuste de 3,25%

Demás sectores (excepto subgrupo "Plantaciones de caña de azúcar").

Franja 1.

Salarios que al 30/6/16 no sobrepasen $16.000 mensuales nominales por 48 hs semanales de labor, recibirán un ajuste de 5,57% compuesto por la acumulación de los siguientes factores:

a) 3,75% ajuste semestral nominal;

b) 1,75% ajuste adicional previsto para los salarios sumergidos según lineamientos del Poder Ejecutivo.

Franja 2.

Salarios mensuales nominales por 48 hs semanales de labor que al 30/6/16 se ubiquen entre $16.001 y $ 18.700 recibirán un ajuste de 5,05% compuesto por la acumulación de los siguientes factores:

a) 3,75% ajuste semestral nominal;

b) 1,25% ajuste adicional previsto para salarios sumergidos según lineamientos del Poder Ejecutivo.

Franja 3.

Salarios mensuales nominales por 48 hs semanales de labor que al 30/6/16 superen los $ 18.700, recibirán un ajuste de 3,75%.

Una vez aplicado los incrementos referidos, los salarios mínimos vigentes al 1° de julio de 2017 serán los siguientes:

Arroz

 

Mensual

Jornal

Peón Común

19142

765,70

Peón Semiespecializado

19596

783,84

Operario especializado

19754

790,16

Operario altamente especializado

20709

828,36

Capataz simple y capataz de cuadrilla

21733

869,32

Capataz General

22826

913,04

 

Tambos

 

Mensual

Jornal

Sin Especialización 1

16408

656,32

Aprendiz

17335

693,40

Sin especialización 2

19143

765,72

Especializado

19754

790,16

Altamente especializado

20709

828,36

Capataz

21733

869,32

Capataz General

22826

913,04

Administrador

23734

949,36

 

Demás Sectores

 

Mensual

Jornal

Sin Especialización 1

16567

662,68

Aprendiz

17503

700,12

Sin Especialización 2

19328

773,12

Especializado

19947

797,88

Altamente especializado

20912

836,48

Capataz

21944

877,76

Capataz General

23048

921,92

Administrador

23964

958,56

Ficto por vivienda y alimentación vigente a partir del 1/7/17.Los trabajadores que no reciban alimentación (secos) y vivienda, percibirán además de las remuneraciones establecidas en este documento, la suma nominal mensual que se detalla a continuación:

Sectores "Arroz" y "Tambos": $3282 (tres mil doscientos ochenta y dos pesos), o su equivalente diario de $ 131,28 (ciento treinta y un pesos con veintiocho centésimos). Dichos montos surgen de ajustar la partida vigente al 30/06/17 por un 3,25 %.

Demás sectores (Grupo Madre): $3314 (tres mil trescientos catorce pesos), o su equivalente diario de $ 132,56 (ciento treinta y dos pesos con cincuenta y seis centésimos). Dichos montos surgen de ajustar la partida vigente al 30.06.17 por un 3,75 %.

Ajuste salarial para los trabajadores que ingresaron al sector a partir del 1/1/17. Se actualizan las franjas salariales en aplicación de lo establecido en la cláusula quinta del Decreto 438/016.

Sectores Tambos y Arroz:

Franja 1: Salarios hasta $18.931

Franja 2: Salarios comprendidos entre $18.932 y $21.909

Franja 3: Salarios superiores a $21.909

Demás sectores (excepto "Plantaciones de caña de azúcar"):

Franja 1: Salarios hasta $19.022

Franja 2: Salarios entre $19.023 y $22.014

Franja 3: Salarios superiores a $22.014

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