Ajustes enero 2007

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 12 de julio de 2007, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 18 "SERVICIOS CULTURALES, DE ESPARCIMIENTO Y COMUNICACIONES", Subgrupo N° 01 "Cines, Teatro y Música", capítulo "Cines de Montevideo y Zona Balnearia Costa Este", integrado por: los delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Beatriz Cozzano, Cr Jorge Lenoble y  Tec. RR. LL. Elizabeth González; el delegado empresarial: Sr. Julio Guevara, en representación de la Cámara de Comercio y Servicios del Uruguay y del Centro Cinematográfico del Uruguay, y  los delegados de los trabajadores: Sres. Alejandro Moya y Alejandro Fernández en representación de la Unión de Trabajadores Cinematográficos del Uruguay.HACEN CONSTAR QUE:PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al tercer ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 5 de octubre de 2006, homologado por decreto del Poder Ejecutivo Nº 434/06, de  fecha 6 de noviembre de 2006. SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula QUINTA del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2007, para todos los trabajadores del sector, será del 4.92 %  resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

  1. Por concepto de inflación esperada 2.86%
  2. Por concepto de recuperación: 2%.

Fórmula de ajuste de salarios: 1.0286 x 1.02 =1.0492= 4,92%. TERCERO: Por consiguiente, los salarios mínimos por categoría, con vigencia desde el 1º de julio de 2007, para los trabajadores del sector, serán los siguientes:

PERSONAL DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN

 

 

Gerente Adm. Con participación

Mensual

22.514

Gerente Adm. Sin participación

Mensual

47.332

Gerente Comercial

Mensual

24.475

Gerente de Sala 1ª Categoría

Mensual

14.317

Gerente de Sala 2ª Categoría

Mensual

13.124

Gerente de Sala 3ª Categoría

Mensual

12.359

Gerente con más de una sala ( compl..)

Mensual

768

Secretario de Gerencia

Mensual

11.136

Contador titulado

Mensual

20.060

Contador idóneo

Mensual

17.622

Auxiliar 1º de Contaduría

Mensual

13.324

Auxiliar 2º de Contaduría

Mensual

9.487

Auxiliar 3º de Contaduría

Mensual

7.861

Cajero General

Mensual

13.240

Cadete hasta 18 años (6 hs. Diarias)

Mensual

4.500

Cadete

Mensual

5.999

PERSONAL COMÚN Y DE SERVICIO DE SALA

 

 

Boleteros 8 horas

Mensual

7.606

Boleteros 6 horas

Mensual

6.431

Boleteros 4 horas

Mensual

5.115

Boleteros 2ª categoría

Mensual

5.705

Conserje Supervisor (Cine Plaza)

Mensual

9.384

Conserje

Mensual

5.946

Segundo Conserje

Mensual

5.579

Empleado de candy

Mensual

5.579

Conserje Ayudante

Mensual

5.347

Portero o Acomodador 44 hs.

Mensual

5.140

Portero o Acomodador 36 hs.

Mensual

4.699

Limpiadora 8 horas

Mensual

3.988

Limpiadora 5 ½ horas

Mensual

3.251

Encargado de máquinas

Mensual

6.938

Encargado de máquina y Elect.

Mensual

  10.195

Encargado de Mantenimiento

Mensual

7.045

Electricista

Mensual

9.150

Combinador p/ vuelta

Jornal

505

Caramelero

Mensual

3.305

Personal de cabina

 

 

Operadores cine continuado

Mensual

9.857

Operadores cine tarde y noche

Mensual

9.047

Operadores de noche

Mensual

8.212

Operadores cuatro funciones semanales

Mensual

5.420

Operador func. Baby y priv. Diurna

Jornal

353

Operador func. Priv. Nocturna

Jornal

462

Operador 33 horas

Mensual

9.857

Operador 44 horas

Mensual

11.719

Técnico Jefe de Proyección y Sonido

Mensual

10.766

Ayudante Técnico de Proyección y Sonido

Mensual

7.764

 

 

 

PERSONAL DE SERVICIO

 

 

Sereno

Mensual

8.430

Peón de limpieza

Mensual

6.429

CINES ALTERNADOS

 

 

Operador

Mensual

5.420

Boletero

Mensual

3.690

Conserje

Mensual

3.413

Portero o Acomodador

Mensual

2.502

Leída, se ratifican y firman de conformidad.

 

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