Ajustes enero 2008

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 15 de enero de 2008, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 18 "SERVICIOS CULTURALES, DE ESPARCIMIENTO Y COMUNICACIONES", Subgrupo N° 01 "Cines, Teatro y Música", capítulo "Cines de Montevideo y Zona Balnearia Costa Este", integrado por: los delegados del Poder Ejecutivo: Cr Jorge Lenoble y  Tec. RR. LL. Elizabeth González; el delegado empresarial: Sr. Julio Guevara, en representación de la Cámara de Comercio y Servicios del Uruguay y del Centro Cinematográfico del Uruguay, y  la delegada de los trabajadores: Sra Estela Bermudez en representación de la Unión de Trabajadores Cinematográficos del Uruguay.HACEN CONSTAR QUE:PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo firmado el día 11 de diciembre de 2007. SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula TERCERA del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2008, para todos los trabajadores del sector, será del  7,01 %  resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

  1. 3,24%  Por concepto de inflación esperada.
  2. 2 %  Por concepto de recuperación.
  3. 1,62 % Por concepto de correctivo.

Fórmula de ajuste de salarios: 1.0324 x 1.02 x 1.0162 =1.0701= 7,01%. TERCERO: Por consiguiente, los salarios mínimos por categoría, con vigencia desde el 1º de enero de 2008, para los trabajadores del sector, serán los siguientes:

PERSONAL DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN

 

 

Gerente Adm. Con participación

Mensual

24.092

Gerente Adm. Sin participación

Mensual

50.650

Gerente Comercial

Mensual

26.191

Gerente de Sala 1ª Categoría

Mensual

15.321

Gerente de Sala 2ª Categoría

Mensual

14.044

Gerente de Sala 3ª Categoría

Mensual

13.225

Gerente con más de una sala ( compl..)

Mensual

822

Secretario de Gerencia

Mensual

11.917

Contador titulado

Mensual

21.466

Contador idóneo

Mensual

18.857

Auxiliar 1º de Contaduría

Mensual

14.258

Auxiliar 2º de Contaduría

Mensual

10.152

Auxiliar 3º de Contaduría

Mensual

8.412

Cajero General

Mensual

14.168

Cadete hasta 18 años (6 hs. Diarias)

Mensual

4.815

Cadete

Mensual

6.420

PERSONAL COMÚN Y DE SERVICIO DE SALA

 

 

Boleteros 8 horas

Mensual

8.139

Boleteros 6 horas

Mensual

6.882

Boleteros 4 horas

Mensual

5.474

Boleteros 2ª categoría

Mensual

6.105

Conserje Supervisor (Cine Plaza)

Mensual

10.042

Conserje

Mensual

6.363

Segundo Conserje

Mensual

5.970

Empleado de candy

Mensual

5.970

Conserje Ayudante

Mensual

5.722

Portero o Acomodador 44 hs.

Mensual

5.500

Portero o Acomodador 36 hs.

Mensual

5.028

Limpiadora 8 horas

Mensual

4.268

Limpiadora 5 ½ horas

Mensual

3.479

Encargado de máquinas

Mensual

7.424

Encargado de máquina y Elect.

Mensual

10.910

Encargado de Mantenimiento

Mensual

7.539

Electricista

Mensual

9.791

Combinador p/ vuelta

Jornal

540

Caramelero

Mensual

3.537

Personal de cabina

 

 

Operadores cine continuado

Mensual

10.548

Operadores cine tarde y noche

Mensual

9.681

Operadores de noche

Mensual

8.788

Operadores cuatro funciones semanales

Mensual

5.800

Operador func. Baby y priv. Diurna

Jornal

378

Operador func. Priv. Nocturna

Jornal

494

Operador 33 horas

Mensual

10.548

Operador 44 horas

Mensual

12.541

Técnico Jefe de Proyección y Sonido

Mensual

11.521

Ayudante Técnico de Proyección y Sonido

Mensual

8.308

 

 

 

PERSONAL DE SERVICIO

 

 

Sereno

Mensual

9.021

Peón de limpieza

Mensual

6.880

CINES ALTERNADOS

 

 

Operador

Mensual

5.800

Boletero

Mensual

3.949

Conserje

Mensual

3.652

Portero o Acomodador

Mensual

2.677

Leída, se ratifican y firman de conformidad.

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