Ajustes enero 2010
ACTA. En Montevideo, el 20 de enero de 2010, comparecen ante el MTSS (DINATRA) los integrantes del Consejo de Salarios Grupo N° 15, Subgrupo "Ambulancias que realizan traslado de pacientes sin asistencia" representados POR UNA PARTE por el Poder Ejecutivo a través del MTSS – DINATRA, Dr. Nelson Díaz, Lic. Fausto Lancellotti y Lic. Laura Torterolo ; POR OTRA PARTE, en representación de los Trabajadores, los Sres. Nicolás Francisco y Julio Martín por la FUS y POR OTRA PARTE, en representación de los Empleadores, el Sr. Julio Guevara;
HACEN CONSTAR
Que se procede a fijar el incremento salarial correspondiente al cuarto ajuste acordado en el convenio suscrito por las partes el 5 de noviembre de 2008.
Que en virtud de lo establecido en la cláusula cuarta del acuerdo referido, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2010 es el siguiente: 1.- Los trabajadores que estén percibiendo los salarios mínimos, recibirán un incremento del 6,45% resultante de la acumulación de los siguientes conceptos: A) 3,85% por concepto de crecimiento, B) 2,5% por concepto de inflación esperada (1,0385 x 1,025); 2.- Los trabajadores que estén percibiendo salarios superiores a los mínimos, recibirán un incremento del 5,93% resultante de la acumulación de los siguientes conceptos: A) 3,35% por concepto de crecimiento, B) 2,5% por concepto de inflación esperada (1,0335 x 1,025).
Se determinan los salarios mínimos vigentes a partir del 1° de enero de 2010:
CATEGORÍA VALOR HORA
Conductor $ 50,88
Camillero $ 36,81
De acuerdo a la clausula novena del acuerdo de Consejos de Salarios antes mencionado,
los trabajadores que al 1/1/09 tengan un año o mas de antigüedad en la empresa percibirán una prima por antigüedad mensual del 1% sobre su salario. A partir del 1/1/10 los trabajadores que tengan dos años o mas de antigüedad en la empresa percibirán por el mismo concepto un 2% mensual.
Leída la presente, las partes firman en señal de conformidad.