Ajustes enero 2010

ACTA de CONSEJO DE SALARIOS

En la ciudad de Montevideo, el 22 de diciembre de 2009, en el ámbito del Grupo 20 "Entidades Gremiales, Sociales y Deportivas", subgrupo 01 "Entidades Deportivas", en presencia de la delegada del Poder Ejecutivo, An. Ec. Ana Inés Morató, comparecen: el sector trabajador, representado por los Sres. Gabriel García, Rodney Franco, Alejandro Stezano, Sebastián Gimer y Eduardo Reymunde y el sector empleador, representado por el Cr. Lic. Arturo J. Servillo, quienes acuerdan lo siguiente:

PRIMERO: Según lo establecido en el artículo III del acuerdo de fecha 12 de noviembre de 2008, corresponde al 1º de enero de 2010 aplicar un ajuste salarial para el semestre comprendido entre el 1º de enero y el 30 de junio de 2010, que se comprende de:

A) Un porcentaje por concepto de inflación esperada para el semestre comprendido entre el 01.01.10 y el 30.06.10, que surge del promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del Banco Central del Uruguay: 2,50% (dos con cincuenta por ciento).

B) Un 0,50% (cero con cincuenta por ciento) por concepto de incremento del salario real, dentro de lo determinado en las pautas impartidas por el Poder Ejecutivo.

C) Un 2,00% (dos por ciento), por concepto de crecimiento/recuperación para el Sector.

D) Un correctivo de 0,32% (cero con treinta y dos por ciento) para el período 01.07.09-31.12-09, por la diferencia entre la inflación estimada (2,5%) y la real (2,83%).

SEGUNDO: En consecuencia, el incremento total resultante, es de 5,40% (cinco con cuarenta por ciento), que se aplicará sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2009.

TERCERO: Para el porcentaje de la cláusula D) del artículo PRIMERO, se estimó la inflación de diciembre de 2009 en 0,30% (cero con treinta por ciento), de acuerdo a la mediana de las expectativas privadas de inflación para ese mes, relevadas por el BCU. Este porcentaje será ajustado frente al real, en ocasión de la finalización del presente convenio, el 30 de junio de 2010.

Sin más, los comparecientes firman la presente en el lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO

Salarios Mínimos Nominales vigentes desde el 1º de enero de 2010.

NIVEL 1.- Peón limpiador, Ascensorista, Canchero 2ª, Mucama, Canastero, Mensajero. $ 7.581.-

NIVEL 2.- Peón 1ª, Auxiliar servicio, Mozo/Camarero, Peón de cocina, Sereno, Utilero Equipier, Auxiliar de vestuario de 2ª, Canchero 1ª, Auxiliar 3ª, Cajero 3ª, Telefonista, Auxiliar de ropería, Auxiliar de juegos de salón $ 8.263.-

NIVEL 3.- Medio oficial de mantenimiento, Jardinero, Auxiliar de vestuario de 1ª, Ayudante de cocina, Chofer, Auxiliar de 2ª, Cajero de 2ª, Recepcionista, Auxiliar contaduría de 2ª, Auxiliar de biblioteca. $ 9.029.-

NIVEL 4.- Oficiales, Supervisores de canchas, Foguistas de 2ª, Auxiliar de 1ª, Secretario, Cajero de 1ª, Cobrador, Oper. de Computación de 2ª. $ 9.993.-

NIVEL 5.- Foguista de 1ª, Supervisor de vigilancia, Supervisor de mozos y mucamos, Supervisor de vestuario, Supervisor de limpieza, Cocinero de 2ª, Secretario bilingüe, Auxiliar de contaduría de 1ª, Operador de computación de 1ª. $ 11.166.-

NIVEL 6.- Electrotécnico, Supervisor de conserjería, Supervisor de cocina, Supervisor de mantenimiento, Capataz, Bibliotecólogo, Secretario de dirección, Programador, Operador de centro de cómputos. $ 12.557.-

NIVEL 7.- Supervisor, Encargado de Secretaría, Analista. $ 13.939.-

DOCENTES Y ENTRENADORES (salarios por hora)

NIVEL 1.- Guardavidas. $ 90,43.-

NIVEL 2.- Idóneo. $ 100,64.

NIVEL 3.- Técnico deportivo, Egresado de Educación Física. $ 109,39.-

NIVEL 4.- Profesor de Educación Física. $ 118,14.-

CATEGORIAS NÁUTICAS

Peón $ 8.752.-

Medio Oficial $ 11.518.-

Oficial $ 14.588.-

Encargado $ 18.428.-

Supervisores:

Oficial del día $ 23.036.-

Contramaestre $ 26.108.-

Escuela Náutica (salarios por hora):

Idóneo $ 102,10.-

Instructor $ 107,94.-

Entrenador $ 122,53.-

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