Ajustes Enero 2012
ACTA : En la ciudad de Montevideo, el día 5 de enero de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 12 subgrupo 01 " Hoteles, Apart Hoteles,Moteles y Hosterías ", integrado por REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES : Sra. Fernanda Aguirre y Jorge González y el Dr. Rodolfo Ferreira. REPRESENTANTES EMPRESARIALES : Cdor. Fernando Mier y Sr. Daniel Fernández. REPRESENTANTES DEL PODER EJECUTIVO : Lic. Fausto Lancellotti y Dra. Virginia Falero Y HACEN CONSTAR :
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de aumento a regir a partir del 1º de enero de 2012 y hasta el 30 de junio de 2012 , establecido en la cláusula Primera literal B) d) del Acta de Votación del día 24 de enero de 2011, siendo el mismo de 6,83 % integrado por 2,5 % de inflación , 3 % en concepto de recuperación y 1,19 por concepto de correctivo ( 1,025 x 1,03 x 1,0119 )
SEGUNDO:Por tanto, los salarios mínimos a partir del 1º de enero de 2012 para quienes perciben el laudo, son:
CATEGORIAS SALARIO
Aux. Contaduría $8977
Peón General o Limpiador $8539
Portero y/o Corredor $8977
Ayudante de Barman/ Ayudante de mozo $8540
Cadete y/o ascensorista $8977
Encargado de Guardarropa $8977
Sereno $8977
Telefonista $8977
Ayudante de Gambusero $8540
Lavadero/ Planchador $8977
Mucama $9241
Mozo $8973
Telefonista c/idioma $9799
Encargado de lavadero $9241
Oficial de mantenimiento $10557
Cafetero $10557
Conserje $10557
Lencera $9241
Recepcionista y/o Cajera $10557
Adicionista $10557
Jefe de Gambusero Comp. $10557
Gobernanta $10557
Maquinista de lavadero $10557
TERCERO:de acuerdo a la cláusula primera , literal D , por aplicación del criterio de territorialidad , ningún trabajador podrá percibir una remuneración inferior al salario mínimo nominal de la categoría menor de este subgrupo.
Leida que les fue se firma.