Ajustes julio 2009

 

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 22 de julio de 2009, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", Subgrupo N° 01: "Bancos y Otras Empresas Financieras", Capítulo 03 "Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional" integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: Dra. Valentina Egorov y An. Ec. Ana Inés Morató; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Dr. Eduardo Ameglio, y Delegados de los Trabajadores: Sres. Elbio Monegal y Pedro Steffano.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Acta suscrita el día 29 de octubre de 2008.-

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula primera de la referida Acta, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2009 para todos los trabajadores del subgrupo y Capítulo, sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2008, es del 5,24%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

a. Por concepto de inflación esperada, el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación ( centro de la banda ) del BCU para el período 01/07/2009 – 31/12/2009 : 2,5 %

b. Por concepto de recuperación: 1,5%

c. Por concepto de correctivo por la inflación estimada para el período 01/07/08 al 30/06/09: 1,16%

Fórmula de ajuste de salarios: 1,025 x 1,015 x 1,016= 1,0524 (5,24 %)

TERCERO: Por consiguiente, los salarios mínimos del sector con vigencia a partir del 1º de julio de 2009 los siguientes:

Auxiliar de Servicio $ 5.790

Auxiliar 2 $ 11.580

auxiliar 1 $ 14.477

Asistente $ 17.371

Técnico 2 $ 20.266

Técnico 1 $ 26.056

Jefe 2 $ 34.743

Jefe 1 $ 43.427

Asesor Previsional $ 6.153

Ejecutivo Departamental $ 7.238

Supervisor/Encargado de Ventas $ 14.477

Jefe de Ventas $ 28.950

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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