Ajustes Julio 2013

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ACTA : En la ciudad de Montevideo, el día 17 de julio de 2013 , reunido el Consejo de Salarios del Grupo 12 subgrupo 02 " Campamentos, Bungalows y similares ", integrado por REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES : Sra. Fernanda Aguirre , Jorge González y el Dr. Rodolfo Ferreira. REPRESENTANTES EMPRESARIALES : Dr. Raúl Damonte, Cdor. Fernando Mier y Sres. Daniel Fernández y José Luis González . REPRESENTANTES DEL PODER EJECUTIVO : Dras. Virginia Sequeira y Virginia Falero Y HACEN CONSTAR :

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de aumento a regir a partir del 1º de julio de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013 , establecido en el Convenio Colectivo de fecha 13 de noviembre de 2012, siendo el aumento del 6,89 % , resultante de 2,5 % inflación proyectada , un  1,25 % de crecimiento y 3 % de correctivo .

SEGUNDO:Por tanto, los salarios mínimos a partir del 1º de julio de 2013 son:

CATEGORIAS              SALARIO

Auxiliar de Contaduría    $ 10054

Peón General o Limpiador  $ 10120

Sereno, vigilante,cuidador  $ 10339

Mucama    $ 10646

Auxiliar de mantenimiento $ 10120

Encargado  $ 12193

TERCERO:aquellos trabajadores que al 30 de junio de 2013 perciban remuneraciones nominales hasta el 35 % por encima de los salarios mínimos nominales mensuales vigente a esa fecha , los mismos verán incrementados sus salarios en  6,89 % .

CUARTO: para el caso de aquellos trabajadores que al 30 de junio de 2013 perciban remuneraciones nominales por encima del 35 % de los salarios mínimos nominales mensuales vigente a esa fecha , los mismos verán incrementados sus salarios en 6,63 % ( derivado del 2,5 % por inflación proyectada, 1 % de crecimiento y 3 % por correctivo).

Leída que les fue se firma.

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