Segunda ronda 2006 Licencia Sindical

ACTA: En la ciudad de Montevideo: el día 27 de abril de 2007, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 17 "Industria Gráfica" Sub Grupo Nº 01 "Talleres Gráficos de obra", comparecen: Por una parte los delegados del sector empleador representantes de Asociación de Industriales Gráficos del Uruguay (AIGU): los Sres Gabriel Comelli, Fernando Rivara y Carlos Laviano, por otra parte los delegados de los trabajadores representantes del Sindicato de Artes Gráficas (SAG) los Sres. José Coronel, Luis Novas y Albérico Hernández y en representación del Poder Ejecutivo: el Dr. Octavio Racciatti, y la Lic. Marcela Barrios, quienes acuerdan lo siguiente de confirmadad con el Articulo 4 de la Ley Nº 17.940 de 2 de enero de 2006: --PRIMERO: Se acuerda que la licencia sindical a otorgar por parte de las empresas al Sindicato de Artes Gráficas se concederá de acuerdo a las siguientes bases: a) Cantidad de horas. Media hora mensual por cada trabajador dependiente ocupado en la empresa en el mes que corresponda conceder la licencia, con exclusión del personal de Dirección, con un tope de 200 y un mínimo de 4 horas. b) No acumulación. Las horas de licencia que no sean utilizadas dentro de cada mes calendario no podrán ser acumuladas para el futuro.c).Comunicaciones El  Sindicato de Artes Gráficas comunicará a la empresa en que se desempeñe el trabajador usufructuante de la licencia sindical, por medio fehaciente y con una antelación no inferior a 48 horas, salvo razones de fuerza mayor, cuándo utilizará las horas de licencia sindical asignadas y los delegados o afiliados que en cada oportunidad harán uso de la misma.d) Coordinación. Las tareas que sean imprescindibles se coordinarán entre la empresa y los delegados o comité de empresa  (y con el SAG, en caso de no existir éstos), a los efectos de que, en lo posible, el puesto sea cubierto por un trabajador.DECLARACIONES UNILATERALES:La delegación de la AIGU declara que se entiende que todos los trabajadores dependientes ocupados en la empresa deberán estar en la planilla de trabajo. El SAG comparte los conceptos de la delegación de AIGU. Para constancia de lo actuado se labra la presente que los comparecientes otorgan y suscriben en el lugar y fecha indicados.---

Etiquetas