Tercera ronda 2008

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ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 7 de noviembre de 2008, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 13 "Transporte y Almacenamiento", Sub-Grupo Nº 10  "Actividades marítimas complementarias y auxiliares, agencias marítimas, operadores y terminales portuarias. Depósitos Portuarios", Capítulo "Depóstios Portuarios", integrado por: DELEGADOS  DEL PODER EJECUTIVO: Las Dras. María Noel Llugain, Cecilia Siqueira y el Lic. Bolivar Moreira; DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES:  Los Sres. Marcos Mernis, Angel Lapaz y Victor Tellechea; y DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS EMPRESARIOS: El Dr. Alvaro Toledo y el Sr. Fernando De La Fuente. ACUERDAN QUE: PRIMERO: Vigencia del Acuerdo: El presente acuerdo abarcará el período comprendido entre el 1º de julio de 2008 y el 31 de diciembre de 2010. SEGUNDO: Oportunidad de los ajustes salariales: Se efectuarán los siguientes ajustes salariales: el 01/07/08, 01/01/09  y 01/01/10. TERCERO: Ambito de Aplicación: El presente acuerdo tendrá carácter nacional y abarcará a todas las empresas y trabajadores pertenecientes al Grupo Nº 13 "Transporte y Almacenamiento", Sub-Grupo Nº 10  "Actividades marítimas complementarias y auxiliares, agencias marítimas, operadores y terminales portuarias. Depósitos Portuarios", Capítulo "Depósitos Portuarios". CUARTO: Ajustes salariales: I) Ajuste salarial del 1º de julio de 2008  (1er. Ajuste salarial). Se establece, con vigencia a partir de 1º de julio de 2008, un incremento salarial del 6.46 % sobre los salarios nominales vigentes al 30 de junio de 2008, resultante de la acumulación de los siguientes ítems: A)  2.13 % por concepto de correctivo de acuerdo a lo previsto en  el acuerdo de fecha 21 de  diciembre del año 2007. B)  2.69 % por concepto de inflación esperada, para  el período 01.07.08 – 31.12.08, resultante del promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del B.C.U. C)  1 % por concepto de incremento real de base. D) 0.5 % por concepto de incremento real adicional. II) Ajuste salarial del 1º de enero de 2009  (2do. Ajuste salarial). Se establece, con vigencia a partir de 1º de enero de 2009, un incremento salarial sobre los salarios nominales vigentes al 31 de diciembre de 2008, resultante de la acumulación de los siguientes ítems: A) un porcentaje por concepto de inflación esperada, para el período 01.01.09 – 31.12.09, resultante del centro de la banda del B.C.U. B) 2 % por concepto de incremento real de base. C) 0.9 % por concepto de incremento real adicional. III) Ajuste  salarial del 1º de enero de 2010  (3er. Ajuste salarial). Se establece, con vigencia a partir de 1º de enero de 2010, un incremento salarial sobre los salarios nominales vigentes al 31 de diciembre de 2009, resultante de la acumulación de los siguientes ítems: A) un porcentaje por concepto de inflación esperada, para  el período 01.01.10 – 31.12.10, resultante del centro de la banda del B.C.U. B)  2 % por concepto de incremento real de base. C)  0.9 % por concepto de incremento real adicional. CUARTO: Correctivo. Las eventuales diferencias -en más o en menos- entre la inflación esperada y la efectivamente registrada se corregirán el 1º de enero de 2009, 1º de enero de 2010 y en el ajuste inmediatamente posterior al término del Acuerdo (1º de enero de 2011). QUINTO: DEPÓSITOS PORTUARIOS: Salarios mínimos mensuales nominales al 1º de Julio de 2008:

AUXILIAR DE LIMPIEZA

4.318

APRENDIZ / CADETE

4.394

AUXILIAR ADMINISTRATIVO Nº 1

5.570

SERENO-VIGILANTE

6.964

PEON

7.658

AUXILIAR ADMINISTRATIVO Nº 2

8.354

APUNTADOR / PEÓN ESPECIALIZADO

10.929

CHOFER / ELEVADORISTA / MAQUINISTA

10.929

ENCARGADO / CAPATAZ / SUPERVISOR

15.733

Se deja constancia que, de acuerdo con lo establecido en los lineamientos del Poder Ejecutivo, se estableció un aumento diferencial, exclusivamente para los importes de los salarios mínimos nominales de las primeras dos categorías. En cambio,  los salarios de aquellos trabajadores de la categoría Auxiliar de Limpieza que al 30/06/2008 percibieran salarios superiores a $ 4.056, deberán ser ajustados con el 6.46 % vigente a partir del 1º de julio de 2008. Y los salarios de aquellos trabajadores de la categoría Aprendiz / Cadete que al 30/06/2008 percibieran salarios superiores a $ 4.127, deberán ser ajustados con el 6.46 % vigente a partir del 1º de julio de 2008. SEXTO: DEPÓSITOS PORTUARIOS: Beneficios especiales:

  1. Prima por trabajo nocturno: Esta prima se abonará por las horas efectivamente trabajadas en el horario de 23:00 a 07:00, con un porcentaje equivalente al 10 % sobre el valor hora a partir del 01/01/09 y del 20 % sobre el valor hora a partir del 01/01/10.
  2. Prima por trabajo sucio: Esta prima se abonará exclusivamente a los trabajadores expuestos cuando haya derrames de mercaderías peligrosas, evaluando la situación caso a caso, con un porcentaje equivalente al 5 % sobre el valor hora, que insuma el trabajo que involucre dicha circunstancia, a partir del 01/01/09.
  3. Ambas parten acuerdan que este Acuerdo no afecta los beneficios  preexistentes que transciendan los contenidos salariales.

SÉPTIMO: DEPÓSITOS PORTUARIOS: CATEGORÍAS: I) Se acuerda la descripción de tareas principales de cada una de las categorías que se detallan a continuación.

 

CATEGORIAS DE DEPÓSITOS PORTUARIOS

AUXILIAR ADMINISTRATIVO N°1

Realiza tareas administrativas y operativas y no posee conocimientos previos

AUXILIAR ADMINISTRATIVO N°2

Realiza tareas administrativas, operativas y de control, con experiencia previa

AUXILIAR DE LIMPIEZA

Tareas de limpieza de oficinas, depósitos, contenedores y mercaderías. Controla asimismo y da cuenta de las necesidades de reposición de materiales

SERENO / VIGILANTE

Realiza tareas de vigilancia a infraestructura, personas, equipos, contenedores y mercaderías

PEON

Realiza tareas de manipulación de mercaderías. Colabora con el orden y la limpieza del depósito.

PEON ESPECIALIZADO

Realiza tareas de manipulación de mercaderías, auxilia al apuntador. Colabora en tareas de valor agregado a mercaderías y con el orden y la limpieza del depósito

APUNTADOR

Realiza los controles de contenedores y mercaderías. Controles en tareas de valor agregado. Colabora con el orden y limpieza de los depósitos y realiza tareas de manipulación de mercaderías y actividades de valor agregado.

APRENDIZ / CADETE

Colabora con las diferentes áreas en la realización de tramites generales, cobranzas, etc.. Aprendiz, aprende tareas del Depósito.

CHOFER

Manejo del equipo de transporte, para el traslado de la carga asignada. Mantenimiento y control de la unidad de transporte. Realiza tareas de manipulación y acondicionamiento de cargas. Protección de las cargas.

ELEVADORISTA

Manejo de elevadores de todo tipo en sus usos operativos. Manejo y utilización de accesorios y equipos para carga y descarga. Colabora en manipulación de cargas y contenedores, en tareas de valor agregado y en el orden y limpieza del depósito. Auxilia al apuntador en controles. Control y mantenimiento de los elevadores y sus accesorios.

MAQUINISTA

Manejo de máquina portacontenedores y accesorios en sus usos operativos. Manejo de elevadores de todo tipo en sus usos operativos. Colabora en manipulación de cargas, en tareas de valor agregado y en el orden y limpieza del depósito. Auxilia al apuntador en controles. Control y mantenimiento de la unidad.

ENCARGADO, CAPATAZ, SUPERVISOR

Responsables de las áreas del depósito y/o operaciones en forma parcial o total. Colaboran en todas las tareas inherentes a los servicios que presta la empresa.

 

II) Como regla general, cada trabajador desempeñará las tareas descriptas para su respectiva categoría, así como las conexas con las mismas. III) La mención y descripción de una categoría en este convenio no implica la obligación para las empresas de contar con ella, en la medida que no se desarrolle la función correspondiente. IV) POLIFUNCIONALIDAD: Todo trabajador realizará cualquier tarea que le sea asignada, sin desmedro de su salario. El trabajador adquirirá su derecho a ocupar la categoría de manera estable si:

  1. Ha realizado la tarea durante 3 meses calendario en la forma continua; o
  2. Si en el período de 6 meses ha realizado la tarea en forma alternada completando los tres meses en jornales.

OCTAVO: DEPÓSITOS PORTUARIOS: ROPA: Las empresas se comprometen a entregar a los trabajadores operativos, para el uso exclusivo, cumpliendo funciones para la empresa, debiendo ser devuelto en caso de renovación de la misma o de desvinculación: a) Zapatos – una vez cada dos años; b) Buzo de abrigo – una vez al año; c) Pantalón y camisa, o mameluco o pantalon y túnica - una vez al año; d) Campera – cada dos años. NOVENO: DEPÓSITOS PORTUARIOS: Ambas partes se comprometen a ajustarse a las disposiciones del Decreto 406/988. DÉCIMO: DEPÓSITOS EXTRAPORTUARIOS DE CONTENEDORES CON REPARACION Y MANTENIMIENTO: CATEGORÍAS: I) Se acuerda la descripción de tareas principales de cada una de las categorías que se detallan a continuación.

 

CATEGORIAS DE DEPÓSITOS EXTRAPORTUARIOS DE CONTENEDORES CON REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO 

Jefe de Turno

Estara a cargo del turno con personal a su cargo y deberá asegurarse de que los trabajos sean realizados tal cual programados y que los pendientes se pasen de turno en turno asegurando la continuidad de la operativa. Supervisar y controlar que se cumplan los procedimientos internos como así también sobre la asistencia y cumplimiento de los horarios dispuestos. Deberá tener sólidos conocimientos en el área y coordinación de grupos de trabajo para mejor desarrollo de las tareas, siendo responsables por el resultados del trabajo. Tiene la autoridad de designar las tareas y la supervisión de las mismas, para el mejor desarrollo y calidad del trabajo.

Técnico en Refrigeración

Realización de PTI y/o reparaciones de maquinaria de contenedores refrigerados. Realización de Ordenes de Trabajo y/o Estimados de Reparaciones.Informar al jefe de turno sobre los trabajos en curso y realizados, además de repuestos colocados, estado de evolución de las unidades, conservación y stock de herramientas, falta de repuestos y/o materiales necesarios para un buen funcionamiento del proceso operativo. Deberá tener sólidos conocimientos del oficio, tener autonomía en el trabajo sabiendo solucionar cualquier poroblema que se presente. Esta persona debera tener nivel educacional bachiller, título profesional Técnico en Refrigeración y no menos de 2 años de experiencia en reparaciones de contenedores refrigerados.

Oficial Frigorista

Realizacion de PTI y/o reparaciones de maquinaria de contenedores refrigerados. Realización de Ordenes de Trabajo y/o Estimados de Reparaciones. Informar al jefe de turno sobre los trabajos en curso y realizados ademas de repuestos colocados, estado de evolución de las unidades, conservación y stock de herramientas, falta de repuestos y/o materiales necesarios para un buen funcionamiento del proceso operativo. Esta persona deberá en la práctica y en lo teórico tener conocimientos desl desarrollo de la tarea o del trabajo del área. Tener nivel educacional Ciclo Básico, título profesional Curso en Refrigeración y no menos de 1 año de experiencia en trabajos de refrigeración comercial y/o industrial.

Medio Oficial Frigorista

Realización de PTI y/o reparaciones menores de maquinaria de contenedores refrigerados. Realización de Ordenes de Trabajo y/o Estimados de Reparaciones. Informar al jefe de turno sobre los trabajos en curso y realizados, además de repuestos colocados, estado de evolución de las unidades, conservación y stock de herramientas, falta de repuestos y/o materiales necesarios para un buen funcionamiento del proceso operativo. Esta persona deberá tener nivel educacional Ciclo Básico, titulo profesional Curso en Refrigeración y no menos de 6 meses de experiencia en trabajos de refrigeración comercial y/o industrial.

Lavador

Realiza tareas de lavado del interior y exterior de los contenedores de acuerdo a los procedimientos establecidos por los clientes. Dicha tarea incluye la utilización de agua caliente, jabón, desengrasantes y cualquier otro producto de limpieza necesario para cumplir con los estandares de calidad. También realizará tareas de mantenimiento, limpieza del área de trabajo como ser lugar designado para los lavados, estaciones de PTI, calles de PTI y cualquier otra área según le sea solicitado por el jefe de turno o supervisor.

Técnico Mantenimiento

Realiza tareas de reparación y mantenimiento de herramientas, maquinas e infraestructura en general del depósito. Inspecciona a darios las maquinas containeras y llena los formularios de partes diarios requeridos. También estará a cargo de inspeccionar y controlar la sub-estación eléctrica, como así también del control de funcionamiento de aguas (dosificador/pileta de decantacion/bomba). Controlará la adquisición de repuestos requeridos para las reparaciones estipuladas. Llevará un registro histórico de las reparaciones y realizará cualquier tarea relacionada con su función a pedido del supervisor del área.

Pañolero

Realiza controles de los activos en el pañol además de repuestos usados y repuestos en garantía. Llevará el control de recepción y entrega de mercadería (repuestos y consumibles). Confeccionará órdenes de trabajo y órdenes de pedido de materiales de acuerdo con los procedimientos establecidos. Deberá actualizar los sistemas para llevar el control de stock y realizará auditorías internas bajo requerimiento del supervisor de área. Estará a cargo también del control y stock de herramientas cuando sea necesario. Cumplirá con los procedimientos establecidos y podrá realizar cualquier tarea relacionada con el área asignada por el supervisor a cargo.

Asistente Mantenimiento y/o Pañolero

Realizarán la tareas relacionadas con al técnico de mantenimiento y pañolero.

Técnico en Reparación de Contenedores

Realiza tareas de reparaciones de contenedores sin importar el tipo de contenedor o material. Deberá tener conocimientos avanzados sobre criterios de reparación de las diferente Lineas Navieras, como así también conocimientos intermedios de inspección, a fin de realizar estimados de las reparaciones. Deberá ser inspector ICL, soldador calificado y tener conocimientos básicos de computación e inglés. 

Reparador Contenedores Nivel A

Realiza tareas de reparaciones de contenedores sin importar el tipo de contenedor o material. Deberá tener conocimientos avanzados sobre criterios y técnicas de reparación segun lo establecido en los procedimientos internos de la empresa. Deberá ser soldador calificado y conocimientos intermedios de herramientas complejas como ser plegadora, gillotina, máquina de inyectar y cualquier herramienta necesaria para las reparaciones.

Reparador Contenedores Nivel B

Realiza tareas de reparaciones de contenedores sin importar el tipo de contenedor o material bajo supervisión y/o asistencia de un Reparador Nivel A o Categoría superior. Deberá tener conocimientos intermedios sobre criterios y técnicas de reparación segun lo establecido en los procedimientos internos de la empresa. Deberá tener conocimientos avanzados en soldadura y conocimientos avanzados en manejo de herramientas de mano y eléctricas.

Reparador Contenedores Nivel C

Realiza tareas de reparaciones básicas de contenedores sin importar el tipo de contenedor o material bajo supervision y/o asistencia de un Reparador Nivel B o Categoria superior. Debera tener conocimientos básicos sobre criterios y tecnicas de reparación segun lo establecido en los procedimientos internos de la empresa. Deberá tener conocimientos intermedios en soldadura y conocimientos intermedios en manejo de herramientas de mano y eléctricas.

Inspector de Contenedores

Realizará tareas de inspección y estimación de los contenedores ingresados al depósito. Debera ser inspector ICL calificado y deberá tener conocimientos avanzados en técnica de reparación sin importar tipo y material, además de conocimientos avanzados en ISO-CEDEX. También tendrá conocimientos intermedio de uso de PC como así también de diferentes sistemas informáticos de reparación de contenedores.

Asistente Inpector de Contenedores

Realizará tareas de inspección y estimación de los contenedores ingresados al depósito. Deberá tener conocimiento de ICL  y deberá tener conocimientos básicos en técnica de reparación sin importar tipo y material, además de conocimientos básicos en ISO-CEDEX. También tendrá conocimiento básico de uso de PC como así también de diferentes sistemas informáticos de reparación de contenedores.

Oficial Plegador

Realiza tareas de plegados y fabricación de repuestos de estructura bajo supervision del jefe de turno. Deberá tener avanzados conocimientos y experiencia en la tarea como así también de los materiales utilizados para la construcción de contenedores ademas de conocimientos de neumática e hidráulica. Deberá tener conocimientos intermedio de PC para manejo del control numérico de la plegadora. Tendrá conocimientos básicos de autocad o sistema gráfico para el diseño de repuestos asistido por computadora.

Medio Oficial Plegador

Realiza tareas de plegados y fabricación de repuestos de estructura bajo supervision del oficial y/o jefe de turno. Deberá tener conocimientos intermedios y experiencia en la tarea como así también de los materiales utilizados para la construcción de contenedores. Deberá tener conocimientos básicos de PC para manejo del control numérico de la plegadora.

Asistente de Plegador

Oficia de ayudante al Medio Oficial y Oficial plegador en sus tareas descriptas.

Oficial en inyección y aplicación de Poliuretano

Realiza tareas de inyección y spray de poliuretano. Tiene experiencia avanzada en reparación de contenedores refrigerados además de conocimiento y experiencia (curso) en mantenimiento y reparación de la/las máquina/s de inyectar y sus accesorios. También deberá tener conocimientos avanzados de los diferentes productos de aplicación, como así también sobre el manejo seguro de sustancias químicas.

Medio oficial en inyección

Realiza tareas de inyección y spray de poliuretano. Tiene experiencia básica o intermedia en reparación de contenedores refrigerados ademas de conocimientos básicos sobre el  mantenimiento y reparación de la/las maquina/s de inyectar y sus accesorios. También deberá tener conocimientos intermedios de los diferentes productos de aplicacion como así también sobre el manejo seguro de sustancias químicas.

Ayudante en inyección

Oficia de ayudante al Medio Oficial y Oficial de inyección en sus tareas descriptas.

Controlador Despacho/Entrada Deposito Contenedores

Control de entrada y salida de contenedores mediante los sistemas o papeleos utilizados por el depósito lo cual implica llenado de formulario y/o actualización de sistemas informáticos con toda la información necesaria. Reporte de los movimientos diarios a las terminales y agencias representantes de la lineas navieras. Notificación de los movimientos diarios al sistema de Aduanas como así también cualquier otra tarea designada por el jefe de turno o supervisor de área.

Assistente al Controlador Despacho/Entrada Deposito Contenedores

Revisación fisica de contenedores a la entrada y salida del depósito lo que comprende inspección visual de principales daños, faltante de piezas como también estado de limpieza del mismo. Se informará al Controlador de Despacho sobre diferentes datos como ser: Linea a la que pertenece la unidad, tipo y tamaño, transportista y cualquier dato necesario para la confección del Recibo de Intercambio de Contenedor (EIR). Se deberá también controlar los datos de la documentación recibida tanto como para los contenedores de importación como para los de exportación. En el caso de contenedores refrigerados se deberá setear la temperatura de los mismos cuando sea requerido. Todo ésto aplica también para los generadores (gensets). Deberá coordinar el destino y procedencia de los contenedores con el/los maquinista/s en campo.

Maquinista

Manejo de maquina portacontenedores y accesorios en sus usos operativos. Manejo de elevadores de todo tipo en sus usos operativos. Ayudará al control y mantenimiento de la máquina cuando se le solicite. Tomará inciativa para la coordinación y estiba de contenedores en el correcto orden de las mismas por linea, tipo, tamaño y estado e informará al jefe de turno sobre los movimientos.

Auxiliar Administrativo A

Realiza tareas avanzadas en administración. Deberá tener conocimiento intermedio de inglés, computación y programa excel. Deberá cumplir con las tareas asignadas por los supervisores de Mantenimiento y Reparaciones de acuerdo a los procedimientos internos de la empresa (sistemas informáticos de reparación de contenedores, manejar criterios de los diferentes clientes, etc)

Auxiliar Administrativo B

Realiza tareas administrativas básicas. Deberá tener conocimientos básicos de PC e idioma inglés.

Aprendiz

Realizará tareas de aprendiz en cada una de las áreas de la empresa por un período de 6 meses.

Peón

Realiza tareas de mantenimiento y limpieza en el depósito. Colabora en el orden y realiza cualquier tarea asignada por un jefe de turno en cualquiera de las áreas.

Balancero

Realiza tareas en el pesaje de contenedores, camiones y/o mercaderías en general.

Practicante

Realiza tareas en cualquiera de las áreas durante un período de 3 meses. Una vez finalizado el período pasará a la categoría de peón o aprendiz en una de las áreas del depósito.

 

II) Las suplencias por enfermedad o accidentes darán derecho a la categoría solamente después de ciento veinte (120) días corridos de desempeño.

III) Como regla general, cada trabajador desempeñará las tareas descriptas para su respectiva categoría, así como las conexas con las mismas.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los numerales anteriores, cualquier trabajador podrá realizar tareas de categorías inferiores a solicitud del empleador debido a necesidades de aumento de producción y/o productividad en otras áreas de la empresa sin pérdida del salario de su categoría.

IV) La mención y descripción de las categorías en este Convenio no implica la obligación para las empresas de contar con ella, en la medida que no se desarrolle la función correspondiente de la forma en que está descripta.

V) Las empresas deben, como mínimo, una vez al año hacer una evaluación del personal a los efectos de próximas vacantes o ausencias de personal (licencias, enfermedad y/o accidentes del personal) para que en el caso que sea necesario y el empleador lo considere cubrir esos puestos.

Las empresas facilitarán y ayudarán al personal con los estudios, cursos, tiempo y capacitiación, para que las personas se desempeñen mejor en sus tareas y en caso oportuno y a consideración del empleador puedan acceder a nuevas o superiores categorías siempre y cuando su desempeño lo amerite.

DÉCIMO PRIMERO: DEPÓSITOS EXTRAPORTUARIOS DE CONTENEDORES CON REPARACION Y MANTENIMIENTO: Salarios mínimos mensuales nominales al 1º de Julio de 2008:

Nombre de la Categoria

Salarios nominales al 01/07/08

Jefe de Turno

23.315

Técnico en Refrigeración

19.802

Oficial Frigorista

16.927

Medio Oficial Frigorista

13.627

Lavador

9.581

Técnico Mantenimiento

18.631

Pañolero

17.885

Asistente Mantenimiento y/o Pañolero

14.372

Tecnico en Reparación de Contenedores

22.250

Reparador Contenedores Nivel A

18.950

Reparador Contenedores Nivel B

15.916

Reparador Contenedores Nivel C

13.095

Inspector de Contenedores

20.121

Asistente Inpector de Contenedores

15.437

Oficial Plegador

18.950

Medio Oficial Plegador

15.863

Asistente de Plegador

12.403

Oficial en inyección y aplicación de Poliuretano

20.014

Medio oficial en inyeccion

16.874

Ayudante en inyección

11.711

Controlador Despacho/Entrada Depósito Contenedores

16.285

Assistente al Controlador Despacho/Entrada Depósito Contenedores

9.581

Maquinista

18.231

Auxiliar Administrativo A

14.372

Auxiliar Administrativo B

9.794

Aprendiz

9.049

Peón

7.239

Balancero

7.239

Practicante

5.962

DÉCIMO SEGUNDO: DEPÓSITOS EXTRAPORTUARIOS DE CONTENEDORES CON REPARACION Y MANTENIMIENTO: Beneficios especiales: 1) Prima por trabajo nocturno: Esta prima se abonará por las horas efectivamente trabajadas en el horario de 23:00 a 07:00, con un porcentaje equivalente al 10 % sobre el valor hora a partir del 01/01/09. 2) Prima por continuidad operativa: Esta prima se abonará siempre a aquellas categorías que realicen tareas que puedan implicar exposición a cualquiera de las siguientes condiciones de trabajo: lluvia, trabajo sucio o altura, con un porcentaje equivalente al 2 % sobre el valor hora a partir del 01/01/09  y pasará a un 5 % sobre el valor hora a partir del 01/01/10. DÉCIMO TERCERO: CLÁUSULA DE PAZ: Las partes se comprometen a realizar los máximos esfuerzos para solucionar las eventuales controversias que pudieran suscitarse por la aplicación del presente Acuerdo, dialogando y comprometiéndose expresamente a que previo a adoptar cualquier medida de fuerza que pudiera perjudicar tanto al empleador como al trabajador se pudiera practicar una instancia ante el MTSS. En caso de que se tome una medida, de las previstas en el párrafo anterior, sin practicar una instancia ante el MTSS, la parte empleadora se reserva el derecho de denunciar el presente Acuerdo, mediante telegrama colacionado al domicilio actual de la otra parte. DÉCIMO CUARTO: CLÁUSULA DE SALVAGUARDA:En la hipótesis que variaran  sustancialmente las condiciones económicas en cuyo marco se suscribe el presente acuerdo, las partes podrán convocar al Consejo de Salarios respectivo para analizar la situación. En este caso el Poder Ejecutivo analizará a través de los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y Economía y Finanzas, la posibilidad de revisar y convocar al Consejo de Salario correspondiente para ello. DÉCIMO QUINTO: HOMOLOGACIÓN: Las partes acuerdan condicionar la vigencia del presente acuerdo a la aprobación por decreto del Poder Ejecutivo. DÉCIMO SEXTO: El presente preacuerdo es ad referendum de las respectivas asambleas de las partes profesionales. DÉCIMO SÉPTIMO: Leida que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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