Resolución S/N/021 Se exceptúa de la prohibición establecida en el artículo 2° del Decreto n° 104/020 de 24 de marzo de 2020 en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto n° 159/020 de 2 de junio de 2020, del Decreto n° 279/021

Se exceptúa de la prohibición establecida en el artículo 2° del Decreto n° 104/020 de 24 de marzo de 2020 en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto n° 159/020 de 2 de junio de 2020, del Decreto n° 279/021 de 26 de agosto de 2021, y del Decreto n° 297/021 de 10 setiembre 2021, las personas cuyos datos individualizantes resultan del listado anexo

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