Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es el trámite por el que se solicita asistencia de tipo social o laboral de aquellas personas prontas a ser liberadas, con futura excarcelación o sus familiares.
Pueden acceder personas mayores de edad, que transiten la liberación de alguna Unidad Penitenciaria. Pueden acceder también sus familiares.
Documento de identidad o en caso de no contar con el mismo Constancia de Excarcelación emitida por la Unidad Penitenciaria.
Documento de identidad y presentar una nota autorizando al familiar sellada y rubricada por la Unidad a la que pertenece el recluso.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Solicitar día y hora para realizar primera entrevista con un técnico o presentarse en Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados, en Montevideo o cualquiera de sus sedes departamentales donde se les dará día y hora para primera entrevista.