Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la desvinculación del encargado de seguridad habilitado ante la DI.GE.F.E. de una empresa.
El tramite deberá de realizarlo en encargado interesado en solicitar las desvinculación.
La empresa a través de Modificación de empresas que operan con la DI.GE.F.E., deberá de presentar un nuevo encargado.
El trámite deberá de realizarlo en encargado interesado en solicitar las desvinculación.
Deberá de encontrarse vinculado como Encargado de Seguridad titular o suplente presentado ante la DI.GE.F.E. en el Trámite de Habilitación o renovación de empresas de seguridad que operan con la DI.GE.F.E. o Modificación de empresas que operan con la DI.GE.F.E.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Agendarse previamente en la pagina web: AGENDA WEB.