Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la condición que adquiere una persona extranjera luego de haberla solicitado y haber cumplido con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Una vez concedida se le extiende la Carta de Ciudadanía que es el documento que acredita tal condición.
Transcurridos 3 años de otorgada la Ciudadanía Legal deberá presentar la Carta de Ciudadanía para solicitar la inscripción en el Registro Cívico Nacional para obtener la Credencial Cívica.
Debe probarse lo siguiente:
NACIONALIDAD
PRUEBA DE EDAD
El solicitante debe demostrar que tiene 18 años cumplidos o a cumplirse antes de la próxima elección departamental y municipal y a tal efecto son pruebas de ello:
INGRESO AL PAÍS
RESIDENCIA
MEDIOS DE VIDA (ARRAIGO)
MATRIMONIO O UNIÓN CONCUBINARIA
ESTUDIANTES
PERSONAS QUE EJERZAN COMO RELIGIOSAS
DEPORTISTAS
CERTIFICACIONES MÉDICAS
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES
TESTIGOS
VERIFICACIÓN POR ESCRIBANA/O PÚBLICA/O
¿Quiénes tienen derecho a la ciudadanía legal? (Artículo 75° de la Constitución de la República).
No tiene costo
En Montevideo:
En el interior:
En el interior del país no es necesario reservar una cita.
En Montevideo:
Tener en cuenta: La tolerancia de espera para presentarse a iniciar el trámite será de 15 minutos. Pasado ese lapso el interesado deberá agendarse nuevamente.
En el Interior: