Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la administración tributaria el cese definitivo de las actividades del contribuyente.
Documentación a presentar:
Constancia de clausura de actividades de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social, que acredite la no existencia de expedientes en trámite con motivo de incumplimientos de las normas laborales o multas impagas. Se debe tener en cuenta que esta constancia se exigirá únicamente ante la clausura total del contribuyente.
En caso de que el contribuyente haya solicitado autorización para impresión de documentación o haya solicitado Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) deberá presentarse Formulario 0453 – Inutilización de la documentación, y/o se deberán reportar todos los Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) autorizados.
Aclaraciones:
El titular o representante debe constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional consultar instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
Formulario 6351 - Tarjeta de RUT
Formulario 6361 “Confirmación de datos”.
Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de clausura. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Formularios:
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Aclaraciones:
El trámite debe realizarse por su titular, quien deberá exhibir documento de identidad vigente (excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic), y de tratarse de personas con documento extranjero, deberá adjuntarse dos copias del documento. En caso de realizarse el trámite por un tercero, se deberá adjuntar el Certificado notarial con los requisitos establecidos.
En Montevideo e interior - En línea desde la web de BPS:
Presentada dentro de plazo y para contribuyentes con aportación exclusiva industria y comercio y servicios personales.
Presentada fuera de plazo y demás aportaciones:
En ambos casos, debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
En Montevideo: