Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la solicitud que realizan los interesados (personas físicas o personas jurídicas) para iniciar los trámites administrativos previos a la autorización para la Habilitación de un Aeródromo Privado Visual hasta 800 metros.
Requisitos generales:
El Explotador deberá presentar ante la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA):
Solicitud presencial del titular o su representante legal en la Secretaría Reguladora de Trámites.
En línea.
Decreto 420 / 2003 Tabla 14. Tasa por Inspección a Aeródromos Privados: