Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Podrán ampararse a este convenio los sujetos pasivos de contribución inmobiliaria de padrones urbanos y suburbanos, en calidad de propietarios, copropietarios, promitentes compradores con promesa inscripta, mejores postores en remate judicialmente aprobado o poseedores.
Se podrá abonar hasta en 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, pagando la primera cuota en la fecha de suscripción del convenio, aplicando en los recargos una bonificación del 100%.
Se podrá abonar en 36 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, sin entrega inicial, pagando la primer cuota en la fecha de suscripción del convenio, aplicando en los recargos una bonificación del 50% si el convenio se establece entre 13 y 24 cuotas, o del 30% si el convenio se establece entre 25 y 36 cuotas.
Si el convenio se realiza hasta en 36 cuotas o hasta en 24, en ningún caso la cuota podrá ser inferior a 500 Unidades Indexadas. El saldo a pagar se convertirá en Unidades Indexadas, no correspondiendo otro ajuste por intereses de financiación que la propia variación de dicha Unidad.
Particularidades:
Documentación exigible:
Canelones