Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Podrán ampararse a este convenio los sujetos pasivos de contribución inmobiliaria de padrones urbanos, suburbanos y rurales, en calidad de propietarios, copropietarios, promitentes compradores con promesa inscripta, mejores postores en remate judicialmente aprobado, presuntos herederos, cesión de derechos posesorios inscripto, poseedores o titulares de pago.
Existen cuatro posibilidades:
Si se opta por las opciones 1 y 2, las multas y recargos generados y no pagados quedarán suspendidos en su cobro hasta la cancelación del convenio.
Si se opta por las opciones 3 y 4, las multas y recargos generados y no pagados quedarán suspendidos en su cobro hasta la cancelación del convenio, debiendo mantenerse al día con el pago del tributo por 3 años, contados a partir del primer día hábil del año siguiente a la suscripción del convenio.
Particularidades generales:
Plazo de presentación:
Documento de Identidad.
Título de Propiedad.
Certificado Notarial.
Carta Poder.
No tiene costo
Se deberá presentar en el Municipio de cercanía u Oficina Central con la documentación requerida previa agenda al 1828 int. 83.
Canelones