Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
ATENCIÓN
El Ministerio de Ambiente informa que, por razones de mantenimiento y actualización tecnológica, el Sistema de Información Ambiental (SIA) estará momentáneamente fuera de servicio.
En virtud de ello, se dispone una prórroga de dos (2) meses para la presentación de las declaraciones juradas de residuos ante el Ministerio de Ambiente, según los plazos que fueran previstos por la Resolución R/DN 133/016, de 28 de abril de 2016.
Se trata de la Declaración Jurada de generación de residuos sólidos industriales y asimilados, en el marco del Decreto N°182/013 de 20 de junio de 2013, que deben realizar anualmente los representantes legales o apoderados, ante la DINACEA.
La deben presentar aquellos sujetos que según Resolución 1708/013 están obligados a presentar para aprobación de DINACEA (antes DINAMA) el Plan de Gestión de Residuos Sólidos (PGRS).
Usuario web del sistema
Mesa de Entrada de DGS - Ministerio de Ambiente.