Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Declaratoria de interés, es la manifestación por parte del Ministerio de Turismo que una actividad, evento o reunión resultará beneficiosa para el Sector Turístico.
En este sentido, el marco jurídico habilitante a esta declaratoria, se encuentra en el Artículo 9, Literal H de la Ley Nº 19.253 (Ley de Turismo): “Declarar de interés turístico aquellas actividades, eventos y reuniones que tengan por objetivo la promoción y el fomento del turismo, incluyendo la facultad de igual declaración respecto de la cobertura de dicho evento”.
Se debe iniciar el trámite 90 días antes de la fecha del Evento.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.