Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el régimen aduanero para el tratamiento de franquicia de Equipaje del Viajero que arriba a territorio aduanero.
De acuerdo a lo previsto en las normas, se entiende por Equipaje: los efectos nuevos o usados que un viajero, en consideración a las circunstancias de su viaje, pudiere destinar para su uso o consumo personal o bien para ser obsequiados, siempre que por su cantidad, naturaleza o variedad no permitieren presumir que se importan o exportan con fines comerciales o industriales.
Las franquicias establecidas en favor de los viajeros son individuales e intransferibles.
El viajero gozara de las siguientes franquicias:
Los turistas o residentes que ingresen por la Administración de Aduana de Salto, Fray Bentos o Paysandú para hacer uso de la franquicia o del régimen de tráfico fronterizo, deberán completar de forma obligatoria las declaraciones juradas de Tráfico Fronterizo y Franquicia de Turista.
* “Si el usuario no ingresó la Declaración de Franquicia de Turistas o Tráfico Fronterizo, según el caso, o habiéndose ingresado la misma, la mercadería no cumple con los requisitos establecidos en las normas, se procederá a iniciar el procedimiento infraccional correspondiente”.
Los bienes comprendidos en el concepto de equipaje que excedan los límites de las franquicias vigentes, serán liberados mediante el previo pago de un único tributo con alicuota del 50% sobre el valor de las mercaderías.
Los Viajeros menores de edad no podrán presentar por si mismos la Declaración Jurada de Equipaje Acompañado, en todos los casos deberá ser presentada por su representante legal o persona debidamente autorizada.
El formulario de Declaración Jurada de Equipaje acompañado se encontrara disponible en el Salón de Pasajeros de arribo de la Administración de Aduanas correspondiente.
La Dirección Nacional de Aduanas podrá disponer de otros medios para su distribución.
En la Oficina establecida en el lugar de ingreso al pais.
También puede consultar en las diferentes oficinas según el punto de ingreso al país: