Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23El Poder Ejecutivo tiene la facultad de exonerar de tributos (Impuesto a la Renta de Actividades Económicas –IRAE-, Impuesto al Valor Agregado –IVA-, Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales –ITP-), a las fusiones de sociedades, siempre que las mismas permitan expandir o fortalecer a la empresa solicitante.
Presentación de nota o escrito.
Certificado Notarial.
Informe o estudio técnico.
Estados Financieros.
Representantes y Apoderados.
Aportar datos.
Requisitos Particulares:
Consultas:
Firma electrónica avanzada.
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
Ver Instructivo del trámite en línea en Enlaces Relacionados.
En Montevideo.