Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Corresponde a la fiscalización a solicitud de parte (Articulo 212 numeral 11 de la Ley Nº 18.407 en la redacción dada por la Ley Nº 19.181).
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