Última actualización: 07/08/2026
PAYSANDU - Intendencia

Habilitación del arrendamiento de fincas - Paysandú

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Incumplimiento del Decreto 353/23 - Recepción de denuncia

Consiste en la autorización que otorga la Intendencia, previa inspección, para habilitar el alquiler o arrendamiento de una propiedad, de acuerdo a lo establecido en el Decreto departamental 8320/1976.

Requisitos

Otros datos de interés

  • El pago de los tributos, podrá efectuarse en cualquier Red Pagos o Agencia Abitab. En cajas de La Intendencia de Paysandú, unicamente con tarjetas de débito/crédito.
  • Para el pago de la inspección, la Intendencia proporcionará al contribuyente un código de pago.

Costos

  •  20% (veinte por ciento) del valor de un mes de alquiler del inmueble a habilitar.

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    En persona

    • Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.

  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. Agendar turno: Reservar el día y la hora de atención de forma previa y obligatoria a través de la Agenda Web de la Unidad de Edificaciones.
    2. Confirmar asistencia: Al llegar a la Intendencia, confirmar la asistencia en el tótem ubicado en el hall principal.
      • Nota: Es indispensable realizar este paso en el tótem para poder ser atendido en la oficina.
    3. Descargar el archivo formulario de habilitación de arrendamiento y completar los datos requeridos.
    4. Presentar en ventanilla fotocopia y original de la documentación especificada.
    5. Se controlará la misma y se iniciará el trámite.
    6. Efectuada la inspección, se abonará el importe correspondiente, equivalente al 20% del valor del alquiler de un mes.
    7. En caso de no formularse observaciones, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza vigente, se expedirá el certificado de habilitación.
    8. En los casos en que Edificaciones considere que se deben realizar reparaciones en el inmueble, que pudieran efectuarse en un período de tiempo breve, se coordinará una segunda inspección. Si en la segunda inspección no fueron subsanadas las observaciones, no se expedirá el certificado de habilitación y el trámite se archivará.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Intendencia Departamental de Paysandú.

    Unidad de Edificaciones.

    • Dirección: Zorrilla de San Martín Nro. 1199 esquina Sarandí (Palacio Municipal - Planta Alta).
    • Teléfono: 598 472 26220 interno 2110.
    • Celular: 096 127 851. Whatsapp  598 47227422
    • Atención al Público:
      • Horario de verano: de 07:00 a 12:00 horas.
      • Horario de invierno: de 12:00 a 17:00 horas.
      • CONSULTAS/TRAMITE/EXPEDIENTE EDIFICACIONES: De Lunes a Viernes de 12:00 a 17:00 horas.
      • CONSULTA CON TÉCNICO EDIFICACIONES: Martes y Miércoles de 13:30 a 17:00 horas.
  • Enlaces de descarga

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