Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es el trámite que permite la inscripción obligatoria del hecho del nacimiento en el registro correspondiente.
Comparecencia.
Documento de Identidad.
Certificado de Nacido Vivo.
Libreta de Matrimonio.
Presentación de testigos.
Muy importante:
Para los nacimientos ocurridos en el domicilio o en mutualista privada, los padres del nacido deberán traer un timbre profesional de $140 (el costo puede variar).
Unidad de Registro Civil: