Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23El Inventario Inicial puede ser aprobado por acuerdo de partes, según lo previsto en el contrato de arrendamiento y fianza.
Al hacer uso de este trámite no se pierde el derecho a la tasación de desperfectos, ni al reclamo, ni al cobro de la misma.
El inventario deberá elaborarse en el formulario que proporciona el SGA a tales efectos,el mismo se encuentra disponible en nuestro página web (acceder)
No tiene costo