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Última actualización: 22/10/2021
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General Impositiva

Modificación de denominación de Sociedad Anónima

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el proceso mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la modificación de la denominación de una Sociedad Anónima.

Requisitos

  • Los requisitos varían de acuerdo a la modalidad que elegida para la realización del trámite: presencial o en línea.

Otros datos de interés

Constancia del trámite:

  • Formulario 6351 Constancia de Inscripción (Tarjeta de RUT.).
  • Formulario 6361 Confirmación de Datos.
  • Copia sellada de los formularios presentados.

Plazo:

  • Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de publicación en Diario Oficial. 
Iniciar trámite en línea

Costos

  • Timbre profesional.

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    Contrato para uso de servicios en linea CON BPS:

    • Titular, Representante y usuarios, deben suscribir Contrato Personal para uso de los servicios en línea. En caso que aún no hayan realizado dicho trámite deben gestionar la solicitud a través de Contrato Personal BPS.

    En persona

    Previa agenda web:

    • En el Registro de Contribuyentes y Empresas.
    • Local DGI.

    Formularios:

    • Formulario 0351 “Inscripción y actualización” (en 3 vías), con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.

    Ver Formularios Documentación a presentar:

    • Formulario 6351 o 6951 si se emite Web (constancia de inscripción en RUT)
    • Original y 2 Fotocopias simples de la publicación en el Diario Oficial
    • 2 Fotocopias de documento de identidad del o los directores o socio
    • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.
    • El Original del Diario Oficial podrá ser sustituido por Certificación Notarial y dos fotocopias estableciendo, que tuvo a la vista documento privado con firmas certificadas o escritura pública y fecha de la modificación, inscripción en DGR y fechas de publicaciones correspondientes.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, disponible para empresas con domicilio constituido en Montevideo. El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Presentando la documentación requerida, en el día y horario seleccionado.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Previa Agenda Web.

    En Montevideo:

    • Local DGI  - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT-VENTANILLA UNICA Subsuelo.
    • Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.

    En Interior:

    • En las dependencias habilitadas con ‘ventanilla única’ según corresponda al domicilio constituido
    • o en las dependencias de DGI y BPS en ese orden.
    • Ver en Agenda Web Interior DGI lugares que exigen reserva previa.
  • Enlaces relacionados

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