Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se inscribe en el Registro Nacional de Comercio todo nombramiento de administrador, director o representante por acto distinto del contrato o estatuto social, así como su cese o revocación.
Es el trámite que también permite inscribir cambio de sede social en el Registro Nacional de Comercio.
En cumplimiento del Art. 86 Ley 16.060 y Art 13 Ley 17.904
En caso de exoneración, la misma se validará en la calificación de DGR. En el caso del canal digital de no corresponder la exoneración, se rechazará el trámite.
En caso de exoneración si la misma no se encuentra en la tabla de exoneraciones proporcionada por DGR en el formulario de solicitud en línea, deberá presentarse en forma presencial con la disposición legal que lo exonera, en Mesa de Entrada (Dirección General Piso 6 Edificio del Notariado).
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
IMPORTANTE: La información que recibe en el segundo correo electrónico corresponde a los datos de inscripción del documento en DGR.
IMPORTANTE: La información que recibe por correo electrónico no es el ingreso a DGR.
Dirigirse con la documentación solicitada en los requisitos a: