Última actualización: 30/04/2026
Ministerio de Relaciones Exteriores - Oficina de Asistencia al Compatriota y Servicios a la Comunidad

Nexo entre enfermos, accidentados u hospitalizados en el exterior y familiares en Uruguay

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

De acuerdo con lo establecido en la Convención de Viena sobre las Relaciones Consulares (1963) y la Ley Nº 19.268 de Organización Consular (2014), entre las funciones del servicio consular se encuentra la prestación de ayuda y asistencia a los nacionales.

En ese sentido, las oficinas consulares son el nexo entre el enfermo, accidentado u hospitalizado en el exterior y la familia en Uruguay, a solicitud de un familiar o del propio enfermo, accidentado u hospitalizado.

Requisitos

  • Aportar datos.

    • Datos del enfermo, accidentado u hospitalizado:
      • Nombre completo.
      • Número de cédula de identidad y pasaporte con el que la persona ingresó en el país.
      • Lugar del accidente y lugar de hospitalización.
      • Descripción preliminar de los hechos y estado de la persona.
      • Conocer si la persona cuenta con seguro.
      • Datos de contacto de la persona y acompañante de viaje.
         
    • Datos del familiar en Uruguay:
      • Nombre completo.
      • Filiación con el enfermo, accidentado u hospitalizado (progenitores, hijos, hermanos y cónyuges).
      • Teléfono de contacto.
      • Correo electrónico.
  • Aportar datos personales.

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    En persona

  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. El familiar deberá contactar a la Oficina de Asistencia al Compatriota para realizar la solicitud.
    2. Deberá brindar la información que se solicita a fin de remitir la solicitud de asistencia a la oficina consular correspondiente.
    3. Oportunamente, se le comunicará la ínformación obtenida por el Consulado.

     

  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    1. Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE).
      • Oficina de Asistencia al Compatriota.
      • Teléfono: 2902 1010 - interno 76242 - 76432 - 76244.
      • Dirección: Cuareim 1384, planta baja.

    En el exterior:

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