Notificaciones obligatorias según Ley de Salud Mental N° 19.529
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Este trámite permite el ingreso de las notificaciones de las Direcciones Técnicas de las Instituciones prestatarias de servicios de salud del Sistema Nacional Integrado de Salud y otros prestadores, comunicando la hospitalización involuntaria o judicial de una persona por problemas de salud mental. También se debe notificar cuando una hospitalización (voluntaria, involuntaria o judicial) supera los 45 días de duración.
Requisitos
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
- Estar registrado en el trámite como Director técnico autorizado, para dicho registro se debe comunicar con la Comisión Nacional de Contralor de la Salud Mental.
Otros datos de interés
Este trámite estará disponible sólo para los Directores Técnicos que los prestadores de servicio indiquen a la Comisión de Salud Mental como autorizados para ingresar notificaciones.
Consultas Técnicas:
- Correo electrónico:comisioncontralorsaludmental@msp.gub.uy
- Teléfono:1934 int 6291 en horario de 9:15 a 14:30
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por InternetContar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Ingresando en el botón “Iniciar trámite en línea”.
- Acceder con su usuario o identificación electrónica.
- Completar los datos solicitados en el formulario web.
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