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Última actualización: 10/12/2020
Ministerio de Salud Pública - Comisión Nacional de Contralor de la Atención en Salud Mental

Notificaciones obligatorias según Ley de Salud Mental N° 19.529

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Este trámite permite el ingreso de las notificaciones de las Direcciones Técnicas de las Instituciones prestatarias de servicios de salud del Sistema Nacional Integrado de Salud y otros prestadores, comunicando la hospitalización involuntaria o judicial de una persona por problemas de salud mental. También se debe notificar cuando una hospitalización (voluntaria, involuntaria o judicial) supera los 45 días de duración.

Requisitos

  • Estar registrado en el trámite como Director técnico autorizado, para dicho registro se debe comunicar con la Comisión Nacional de Contralor de la Salud Mental.

Otros datos de interés

Este trámite estará disponible sólo para los Directores Técnicos que los prestadores de servicio indiquen a la Comisión de Salud Mental como autorizados para ingresar notificaciones.

Consultas Técnicas:

Iniciar trámite en línea

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

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