Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Fue creada para atender a las personas amparadas por la Ley N°18.033 y/o la Ley N°18.596 y Ley N°19.859 Víctimas de Terrorismo de Estado y sus hijos y nietos (hasta la 3era. Generación), tienen derecho a recibir en forma gratuita y vitalicia la asistencia psicológica, psiquiátrica, odontológica y farmacológica, recibiendo cobertura integral de salud según el prestador elegido. Sin perjuicio de lo cual el Estado ofrecerá además, los apoyos científicos y técnicos para la rehabilitación física y psíquica necesaria, con el objetivo de atender eventuales secuelas que puedan obstaculizar las capacidades de desarrollo educativo o de integración social de las personas.
A las personas amparadas dentro de estas leyes se les otorgará Afiliación Gratuita, siempre y cuando no tengan otro tipo de cobertura de salud.
Documento Nacional de Identidad
Para solicitar el ingreso al sistema como "Amparado a las Leyes 18.033 y 18.596" se debe presentar la documentación requerida:
Medicamentos:
Los usuarios tienen acceso a los Medicamentos incluidos en el Formulario Terapéutico de Medicamentos (FTM) aprobado por el MSP, en el caso de los usuarios que opten por prestadores privados el pago es a cargo del usuario o paciente según las tasas moderadoras autorizadas por el Poder Ejecutivo.
Si los medicamentos indicados no están incluidos en el Vademécum institucional del prestador, serán gestionados a través de la Oficina de Atención a Víctimas de Terrorismo de Estado.
Salud Mental:
Los derechos a la asistencia psicológica y/o psiquiátrica, (consulta y tratamiento) es otorgado independiente de que el prestador elegido sea público o privado.
Salud Bucal:
Para acceder a servicios odontológicos el usuario debe primero atenderse con el profesional de su prestador (público o privado) quién realizará la evaluación general del estado bucal proporcionándole una nota con el tratamiento requerido. Dicha nota o ficha será entregada en la Oficina (OAVTE).
Se les proporciona listado de profesionales del Departamento de Residencia y Ficha Odontológica para ser completado por uno de ellos. Luego se fiscalizara para el inicio del tratamiento.
Acupuntura y homeopatía:
Desde enero del 2012 los usuarios pueden acceder a medicina tradicional, alternativa y complementaria según la normativa vigente del MSP.
Se necesita realizar una consulta con el profesional médico coordinador, quién propondrá el tratamiento a seguir.
Únicamente en Montevideo: