Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Escrito que presentan las empresas para agregar al expediente del trámite de la promoción, la lista de ganadores y las constancias de entrega de los premios.
A todo escrito que se presente firmado por un profesional, deberá aplicarse el timbre profesional vigente al momento, según Ley Nº 17.738 Artículo 71 inciso A. Decreto 67/005.
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